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Actualizado el 25 de Noviembre de 2020

Una respuesta restaurativa frente al aborto

Ahora bien, sin perjuicio de considerar el hecho del aborto una infortunio para la sociedad, la mujer y los derechos del que está por nacer, tampoco parece posible encontrar en la punición una solución para este fenómeno.

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Isabel González es Directora Centro de Mediación, Negociación y Arbitraje de la Facultad de Derecho de la Universidad Central

El aborto, es un fenómeno social en que el Derecho como creación cultural debe intervenir, es así como hoy nos encontramos en Chile frente a una normativa que prohíbe el aborto sin ninguna excepción y lo sanciona como delito, que merece una pena privativa de libertad, tanto para los terceros que lo practican para colaboran con la mujer, como para ella que lo autoriza o se lo provoca, y a un proyecto de ley en actual discusión parlamentaria, que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales, de violación, inviabilidad fetal y riesgo vital de la madre.

El aunar criterios para obtener una visión uniforme sobre la aceptación o rechazo de la despenalización del aborto, no es hoy ni será nunca una cuestión tan fácil de resolver, es entonces prudente reflexionar sobre las condiciones y factores previos a la decisión que una mujer pueda adoptar sobre la interrupción anticipada de su embarazo. Desde ya resulta fundamental, más allá de las regulaciones legislativas, profundizar sobre la necesidad de políticas públicas que permitan tomar decisiones antes del aborto, en base a condiciones mínimas de las mujeres tendientes al respeto de las garantías fundamentales.

Esto, dado a que la práctica del aborto, se debe principalmente a la imposibilidad del país de contar con políticas públicas sexuales y reproductiva claras, que contemplen procesos educativos en relación a la formación afectiva y sexual de las mujeres. Conforme a ello, es que en países de mayor desarrollo, como España, donde se ha despenalizado el aborto, se han adoptado medidas de educación temprana en esta materia y creación de redes de cuidado significativas para las mujeres. Es así como es posible apreciar que a nivel internacional, existen países donde además de legislar favorablemente sobre el aborto, han debido desarrollar políticas públicas preventivas, que permiten evitar las situaciones en las que una decisión de tal naturaleza deba adoptarse, a partir de la facilitación de recursos de información y otorgamiento de condiciones que eviten el aborto o le ofrezcan buenas condiciones sanitarias básicas.

Ahora bien, sin perjuicio de considerar el hecho del aborto una infortunio para la sociedad, la mujer y los derechos del que está por nacer, tampoco parece posible encontrar en la punición una solución para este fenómeno, ya que suma a este desafortunado hecho, producto de la pobreza y el desamparo, intervenciones clandestinas que afectan la salud y vida de la mujer, por la ausencia de higiene y de profesionales médicos, debiendo asumir además ésta en el evento de quedar viva, una pena que las desarraiga de su medio social.

Sin embargo, uno de los riesgos de su despenalización, es que se invisibiliza el fenómeno del aborto. Usándose desde antaño esta política como excusa del Estado y la comunidad para limitar la procreación de los sectores más vulnerables y para ignorar sus consecuencias, dejando a la mujer abandonada a su suerte.

De cualquier manera, aunque el Estado ofrezca a la mujer que aborta los medios para otorgarle apoyo médico, esto terminará siendo un gravamen más de aquellos que nuestras sociedades con grandes niveles de desigualdad imponen a las personas de menos recursos, que son las que al adolecer de una educación fortalecida en el plano sexual y carecen de condiciones para prevenir un embarazo no deseado o de enfrentar el nacimiento de un hijo, siendo éstas las permanentes víctimas de este flagelo.

Una opción a estas alternativas que puede proponerse para abordar el aborto voluntario de la mujer y de sus colaboradores, es tratar el conflicto integralmente mediante un proceso restaurativo, con mecanismos adecuados a nuestra cultura nacional.

Por las características propias de este fenómeno, y la necesidad de incorporar a la comunidad al tratamiento de este conflicto, el mecanismo que parece más adecuado de aplicar, es la Conferencia del Grupo Familiar, que consiste en que frente a una infracción, se desarrolla un proceso de diálogo, con el objetivo de discutir la conducta de los actores y los hechos acontecidos antes y durante la infracción, proponiendo un plan para el futuro, donde participa la comunidad cercana, el padre, la familia y una autoridad . En esta línea, es la comunidad la que se responsabiliza por el quiebre producido, reinsertando socialmente a la mujer y reparando a la comunidad, la que tampoco deseaba que se afectara la vida humana de ninguna manera. Mecanismos colaborativos que también pueden aplicarse en reemplazo del juicio y de la pena, en el caso de encontrarse penalizado por la ley el aborto, lo que sin lugar a dudas será un mejor aporte para la sociedad que una pena privativa de libertad.

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