Conceden libertad vigilada a femicida frustrado justificándolo con la infidelidad de la víctima
Las redes sociales cuestionan el accionar del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle por liberar a Marco Olmos.
El pasado martes 5 de abril cerraba la causa por el delito de femicidio frustrado que investigaba la Fiscalía de Ovalle desde julio de 2015, fecha en que Marco Antonio Olmos Barraza intentó asesinar a su esposa Patricia Balcázar utilizando tijeras de podar.
En la tarde del 28 de julio de año pasado, Carabineros de la comuna de Ovalle recibió una llamada que alertaba del ataque que estaba sufriendo una mujer al interior de su vivienda.
La víctima resultó con heridas clínicamente graves, que, por fortuna, fueron atendidas a tiempo. En ese momento se ordenó la detención de Olmos por el delito. Sin considerar la gravedad de los hechos, la pena que recibió el hombre fue reducida. Cinco años de presidio menor en su grado máximo, con el beneficio de libertad vigilada intensiva. Marco Antonio Olmos recuperó la libertad, para el horror de la víctima y sus seres queridos.
Lo más insólito del caso fue que una de las razones esgrimidas por la defensa – y, posteriormente, acogidas por el Tribunal Oral en lo Penal de Ovalle – para explicar los motivos por los que Olmos había intentado dar muerte a su cónyuge.
“El tribunal consideró en favor del sentenciado la atenuante de responsabilidad penal establecida en el artículo 11 n°5 del Código Penal, esto es, “la de haber obrado por estímulos tan poderosos que naturalmente le hayan causado arrebato u obcecación, toda vez que (…) en el momento previo a la agresión se había develado la infidelidad de su cónyuge, con quien estaba casado hacía 15 años y mantenía dos hijos en común”.
Ahora el Ministerio Público tiene diez días de plazo para deducir ante la Corte de Apelaciones un recurso para anular la sentencia, si considera que esta no se ajusta a la gravedad de lo ocurrido o al menos a sus pretenciones punitivas.