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11 de Abril de 2016

Tribunal Supremo de Venezuela declaró inconstitucional amnistía para "presos políticos"

La Ley de Amnistía aprobada por el Parlamento venezolano el pasado 29 de marzo pretendía dejar en libertad a más de 70 políticos presos acusados de delitos comunes, pero que la oposición califica de "presos políticos", y a otro grupo de opositores calificado de "perseguidos" y que se encuentran fuera del país.

Por Redacción
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El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela declaró “inconstitucional” la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional aprobada por el Parlamento con la intención de liberar a decenas de “presos políticos” cuyo emblema es Leopoldo López.

La decisión del máximo tribunal fue publicada en la página web del organismo cuatro días después de que el presidente Nicolás Maduro pidiera a la Sala Constitucional una interpretación de la norma y afirmara que él “jamás” la promulgaría.

La sentencia del TSJ, firmada por su presidenta, Gladys Gutiérrez, señala que en la señalada norma “puede advertirse la pretensión de otorgar amnistía a favor de todas aquellas personas ‘investigadas, imputadas, acusadas o condenadas como autores o partícipes’ de delitos claramente comunes y no políticos”.

A juicio del órgano, ello “en nada conduce o colabora a una reconciliación nacional, sino a una impunidad escandalosa en detrimento de la moral pública”.

“En virtud de lo expuesto, habiéndose incluido en la ley en cuestión delitos comunes ajenos a esta figura constitucional, esta Sala no puede impartir su conformidad constitucional; y así se declara”, agrega el fallo.

La sentencia advierte además que el “ejercicio de las libertades ciudadanas y con fines políticos” en manifestaciones públicas al que hace referencia la ley “no es ilimitado, y, por tanto, no cualquier protesta, manifestación, reclamo o llamado contra el orden institucional es admisible”.

El máximo tribunal señala como límite constitucional “su necesaria realización de forma pacífica”, algo que, a su juicio, no discriminó la ley, y cuestiona que varios artículos de la norma aprobada por el Parlamento se refieran a opositores en el exilio y considerados “prófugos” por la Justicia.

“Resulta contradictorio que un procesado que no se encuentre a derecho pretenda llevar a cabo solicitudes o invocar derechos (…) cuando ni siquiera ha cumplido con su obligación procesal de acatar el mandamiento judicial devenido de una orden de aprehensión”, acota en la sentencia.

La Ley de Amnistía aprobada por el Parlamento venezolano el pasado 29 de marzo pretendía dejar en libertad a más de 70 políticos presos acusados de delitos comunes, pero que la oposición califica de “presos políticos”, y a otro grupo de opositores calificado de “perseguidos” y que se encuentran fuera del país.

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