Corte Suprema rechaza ingreso de Carabineros sin orden de tribunal a parcela con cultivo de marihuana
El actuar de los efectivos policiales fue catalogado como “arbitrario e ilegal” y precisaron que se realizará una investigación administrativa, junto con que se buscará cómo evitar que este tipo de situaciones ocurra nuevamente.
El 28 de marzo pasado, Ricardo Budín Gómez fue detenido por Carabineros, quienes ingresaron a su domicilio sin orden judicial, después de haber recibido una denuncia por la posesión de dos matas de marihuana en su parcela.
Estas eran usadas por Budín para tratar a su hijo, el que sufre del síndrome de West, que provoca espasmos y alteraciones cerebrales de carácter epiléptico. Es muy poco frecuente y la marihuana, en modo de extracto o aceite, es una de las formas que tiene para aliviar estos problemas.
El punto es que tras ser detenido por efectivos de la 23 comisaría de Talagante, Budín interpuso un recurso de protección en contra del actuar de Carabineros. Éste inicialmente fue rechazado por la Corte de Apelaciones de San Miguel, pero finalmente la Segunda Sala de la Corte Suprema aprobó de forma unánime este recurso.
“La detención realizada por los agentes policiales cuestionados en el recurso que se conoce, fue llevada a cabo en contradicción con las normas antes estudiadas, por realizarse sin orden judicial y sin tampoco hallarse el amparado en una situación de flagrancia”, determinó el máximo tribunal, para luego precisar que los policías realizaron una investigación de carácter autónoma, donde vulneraron la libertad personal y la seguridad individual.
Asimismo, los magistrados destacan que quien interpuso el recurso presentó los documentos necesarios para realizar con éxito la terapia de su hijo, la que según la recomendación del médico que atiende al menor, debe realizarse de manera permanente.
El fallo de la segunda Sala revoca lo establecido por la Corte de San Miguel, y acogen el recurso. Además, aseguran que se debe investigar administrativamente lo ocurrido, ya que se habrían realizado diligencias investigativas e intrusivas sin previa comunicación e instrucción de la Fiscalía. En ese sentido, se deben adoptar medidas necesarias para evitar la reiteración de estos hechos.