Multa a ticketera: Justicia declara ilegales cláusulas que de seguro te causaron dolor de cabeza
La Corte Suprema acogió un recurso que presentó el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), respecto de ciertos apartados en los contratos de uso del sitio web donde se compraban las entradas.
En esta jornada, el máximo tribunal del país publicó un fallo, donde declaró ilegales las cláusulas de un contrato de venta de entradas por parte de la empresa Ticket Master S.A. Esto, por violar la privacidad de los clientes.
Pese a que la empresa había dejado nuestro país hace unos años, el fallo –de carácter unánime- determinó que la cláusula del contrato “política de privacidad de Ticketmaster”, daba a entender que con el uso del servicio de venta en internet se autorizaba a recolectar “información que es derivada de los gustos, preferencias y en general de la utilización que hacen los usuarios de los servicios”. Esta cláusula fue declarada como “abusiva y vulnera normas contenidas en la ley de protección de los derechos del consumidor”.
En el mismo sentido, también se estaría yendo en contra de la Buena fe, respecto de la ley de protección de derechos del consumidor.
La información que finalmente se obtenía “excede de la necesaria para concluir las transacción de compraventa de entradas, de manera que su recolección requiere o autorización legal o expreso consentimiento del titular de los datos. Por razones idénticas a las señaladas en el considerado precedente, resulta abusiva y nula esta cláusula en cuanto por ella se busca obtener tal consentimiento en forma atada a una operación comercial con un objeto diferenciado”.
El fallo sienta precedente para otras situaciones futuras, ya que plantea que esta forma de obtener y utilizar datos de particulares sin su autorización no corresponde, en el contexto de la ley que protege al consumidor.
Incluso se podía utilizar esta información “para diversos objetivos comerciales, como lo es el proporcionar datos estadísticos (…) a anunciantes potenciales, enviar publicidad a los usuarios de acuerdo a sus intereses específicos, conducir investigaciones de mercadeo y otras actividades o promociones que Ticketmaster considere apropiadas”.
El fallo condenó a la empresa a pagar una multa de 50 UTM o 2 millones 286 mil 200 pesos al valor de hoy.