Suprema advierte incoherencias en proyecto que protege glaciares y sugiere prohibir actividades económicas
El máximo tribunal indicó que debiesen declararse área protegida y no simplemente como reservas de agua dulce.
“En la actualidad no existe duda que los glaciares son bienes nacionales, que forman parte del patrimonio ambiental de Chile y no pueden ser objeto de proyectos de inversión con fines económicos”, expresó el pleno de la Corte Suprema en un informe que envió a la Comisión de Hacienda de la Cámara, instancia donde el proyecto de ley de los glaciares está siendo revisado.
Incluso el máximo tribunal observó ciertas incoherencias en el planteamiento de la iniciativa, debido las declaraciones de bien público de los glaciares y su calidad de reserva de agua dulce.
El proyecto reconoce jurídicamente los glaciares, les otorga protección estatal, restringe su uso y contempla medidas de resguardo. Indica que por ser bienes nacionales de uso público no se les puede apropiar ni constituirse derechos de aprovechamiento de aguas.
Sin embargo, deja abierta una arista que generó duros reparos de parte de movimientos ambientalistas: un glaciar puede ser declarado reserva estratégica donde se prohibirá realizar cualquier actividad con fines comerciales, y en caso contrario se puede explotar previo sometimiento al sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Ambos procesos estarán coordinador por la Dirección General de Aguas.
Así como está redactado, la Corte advirtió que el proyecto permite actividades económicas en los glaciares al definirlo como “reserva de agua dulce”, lo que no se condice con su naturaleza jurídica de bien nacional cuyo uso no se podría disponer.
“Los glaciares no son un bien explotable, bajo ningún respecto. Conforme a lo anterior, los glaciares no pueden ser considerados simplemente como reserva de agua dulce y entregar a la Dirección de Aguas su supervigilancia, labor que debería ser de cargo, a lo menos, del Ministerio del Medio Ambiente, en tanto se crea un servicio especial al efecto como el Servicio de la Biodiversidad y Áreas Protegidas, siendo una consecuencia deseable de su inclusión en la lista que se crea al efecto, que respecto de ellos quede prohibida cualquier actividad económica, incluso el turismo”, indican en el informe.