Desastre en Pencahue: la necesidad de una Ley de Pasivos Ambientales Mineros
Ignacio Martínez Jadue es Abogado. Licenciado con distinción de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Diego Portales, actualmente se desempeña como investigador en materia de salmonicultura y conservación en Fundación Terram, desde marzo de 2016.
En el año 2012, Fundación Terram publicó un libro que abordaba, de manera exhaustiva, en los diversos impactos ambientales derivados del terremoto del 27 de febrero de 2010. Uno de los capítulos trataba casos de colapsos de relaves mineros causados por el gran evento telúrico.
Sin duda, el caso más impactante ocurrió en el sector de Las Palmas, comuna de Pencahue, Región del Maule, donde colapsó un tranque de relaves de una antigua faena minera de oro abandonada, propiedad de Sociedad Minera Tambillos (SCM Tambillos), que colindaba con algunas casas habitadas, provocando un alud de toneladas de tierra contaminada que arrasó con todo a su paso.
Producto del colapso se esparcieron cerca de 200 mil metros cúbicos de relaves, cubriendo varias hectáreas de terreno. Como consecuencia, murieron cuatro personas sepultadas bajo metros de residuos tóxicos (plomo, cadmio, cianuro y otras sustancias peligrosas), además se bloquearon caminos públicos y los causes de los esteros Las Palmas y Los Ladrones.
Posterior al derrame, tanto Sernageomin como la Seremi de Salud, ordenaron a la minera tomar diversas medidas para mitigar el impacto ambiental causado, no obteniendo ningún tipo de respuesta o acción por parte de ésta. Ante la nula respuesta, organismos dependientes del MOP desarrollaron planes de emergencia provisionales.
Seis años después de ocurrida la tragedia, el pasado 26 de agosto, el Tribunal Ambiental de Santiago, en fallo unánime, condenó a la SCM Tambillos a reparar el daño ambiental causado por el colapso del tranque. La sentencia estableció que hubo incumplimientos del programa de cierre del relave y manejo de residuos peligrosos por parte de la empresa, siendo “causa directa y necesaria del daño al medio ambiente, por cuanto importan una omisión a la ejecución de obras y medidas destinadas a dar una solución definitiva a la situación”.
Para remediar el daño causado, el tribunal ordenó a la sociedad minera implementar una serie de medidas contenidas en un Programa de Reparación Ambiental (PRA), “con el fin de asegurar la estabilidad física y química del relave, recuperar los atributos dañados de los suelos afectados, lo que permitirá, adicionalmente, aminorar el riesgo para la seguridad y salud de las personas y el medio ambiente”.
La condena nos hace reflexionar, nuevamente, sobre la preocupante situación de los relaves abandonados en Chile y el evidente riesgo que significan para el medio ambiente y la salud de las personas.
El caso de tranque Las Palmas no constituye un caso aislado. Basta con remontarnos a lo ocurrido en el norte del país en marzo del año pasado, cuando las lluvias inusitadas para la zona, provocaron que el hielo y la nieve se derritieran, y se formaran diversos aludes de lodo y roca, cargados de desechos mineros con concentrados de metales pesados, provenientes del desborde y colapso parcial de depósitos de relaves que afectaron a las comunidades aledañas.
Según información de Sernageomin, el país registra 437 depósitos de relaves inactivos, 125 abandonados y 32 de los que no se tiene información, muchos ubicados cerca de comunidades que se pueden ver expuestas a un sinnúmero de peligros asociados a estos pasivos ambientales mineros.
Cabe recordar que con la entrada en vigencia de la Ley N° 20.551 del año 2012 que regula el cierre de las faenas mineras, se exige que todas las minas nuevas deben obtener aprobación de sus planes de cierre cuando la explotación llegue a su fin, pero dicha normativa no se aplica a las faenas mineras antiguas que están en funcionamiento o que hayan sido abandonadas.
Por ello, es de suma urgencia que nuestra institucionalidad tome partido en la solución y tratamiento de los pasivos ambientales abandonados en nuestro país.
La OCDE, en el informe sobre evaluaciones de desempeño ambiental de Chile 2016, que cubre el período 2005-2015, hace hincapié en este punto, al señalar la necesidad de abordar la situación de los relaves abandonados, para los cuales recomienda formular planes de descontaminación, mantener y actualizar con frecuencia los registros de evaluación de los riesgos que presentan los sitios contaminados y abandonados.
La sentencia de tribunal ambiental -que constituye la primera condena por daño ambiental asociada a los pasivos ambientales mineros- es un aliciente a perseverar con la discusión de los vacíos que existen en esta materia, y recalcar la evidente necesidad de una reglamentación específica que gestione la gran cantidad de instalaciones mineras abandonadas a lo largo de Chile.
Nuestro país necesita con urgencia una Ley de Pasivos Ambientales Mineros.