Corte Suprema desestima que reo de Punta Peuco cumpla condena en su domicilio
El interno había apelado a su avanzada edad y su deteriorado estado de salud.
La Corte Suprema rechazó la petición de un reo de 71 años del penal Punta Peuco de cumplir condena en su domicilio.
El interno argumentaba deterioro de su estado de salud y su edad avanzada, unas de las principales razones que exponen los defensores de que los ancianos y enfermos del penal continúan su sentencia en lugares más apropiados.
Se trata de José Aravena Ruiz, condenado por el homicidio del fotógrafo y militante del Partido Comunista, Leandro Arratía Reyes, en enero de 1981. Dicha petición ya había sido rechazada anteriormente por el ministro en visita Mario Carroza, quien investiga delitos contra los derechos humanos cometidos en la dictadura.
La corte expresó que la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, tratado ratificado por Chile, no da cuenta explícita de que se regule una forma de cumplimiento alternativo de las penas privativas de libertad.
“Las personas condenadas, ya sea por delitos comunes o de lesa humanidad cumplen sus condenas en recintos carcelarios sin atender a la sola circunstancia de tratarse de personas mayores”, se indicó en el fallo.