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Actualizado el 23 de Mayo de 2018

Los detalles del gallito judicial por injurias con publicidad que Guarello ganó a la Fechida

Esto, luego de la querella que presentó Marcos Jara, presidente del organismo, contra el periodista por una columna publicada por el diario La Tercera.

Por Redacción EL DÍNAMO
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Fue el pasado mes de enero cuando el presidente de la Federación Chilena de Deportes Acuáticos (Fechida), Marcos Jara, respondió a la columna de Juan Cristóbal Guarello publicada en La Tercera, donde el periodista aseguró que hay un “despelote y mala gestión”.

El rostro de Canal 13 manifestó en el artículo que “sólo el llavero de la única piscina olímpica y el reparto de pasajes a dirigentes de clubes y asociaciones locales explican que Jara, pese al desastre que significa para la natación chilena, siga a la cabeza de la federación“.

Ante eso, la cabeza del organismo aseguró que “¡esto lo vamos a ver en la justicia, porque hay calumnias que se hicieron y alguien tiene que responder! ¡Usted o el editor del diario, pero esto no va a quedar así!“.

A casi seis meses de dicho episodio, el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago acogió los argumentos presentados por la defensa de Guarello, que encabeza el abogado Juan Carlos Manríquez, quien expuso que su representado “solo ejerció legalmente la profesión periodística mediante una columna en su conocido tono crítico” publicada en enero en el diario La Tercera con el título de “El Señor de las Aguas”, y donde narraba una serie de irregularidades.

De esta manera, el periodista deportivo quedó libre de los cargos de injurias con publicidad luego de enfrentar la querella presentada en su contra por la Fechida y Marcos Jara.

Asimismo, en su resolución, el tribunal estimó que no había antecedentes que permitieran fundar y mantener la acción privada en un eventual juicio oral y, por tanto, no era viable buscar una condena ante un notorio déficit probatorio.

Por todo ello, el magistrado del Cuarto Juzgado de Garantía, además, condenó en costas al querellante cuyo monto deberá fijar el tribunal.

Al respecto, Manríquez aseguró que “fue una resolución maciza que reafirma la libertad de opinión periodística en Chile como un valor democrático fundamental”, puntualizando que “en un Estado de Derecho la función periodística correctamente ejercida es vital para que la ciudadanía decida de manera informada y crítica”.

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