Contraloría advierte a trabajadores públicos: no se reembolsará Uber ni Cabify
Lo mismo ocurre con la aplicación Airbnb por los gastos de alojamientos en que se incurran.
Esta semana, la Contraloría General de la República emitió un pronunciamiento que determina que los funcionarios públicos no pueden reembolsar los gastos de traslado en que incurran en cumplimiento de comisiones de servicio si lo hacen en uso de sistemas de transporte terrestre distintos de los regulados en el ordenamiento jurídico vigente; es decir, Uber, Cabify o Beat.
El ente contralor afirma que se han establecido exigencias para la prestación de estos servicios y que las aplicaciones no reguladas por la vía legal no son las más idóneas para el transporte remunerado de pasajeros, según explica Diario Financiero.
Por lo mismo, el documento puntualiza que “no procede que la administración reembolse a sus empleados los gastos en que incurran para su traslado utilizando servicios de transporte terrestre diversos de los reglamentados, como sería el caso de los servicios requeridos a través de plataformas tecnológicas tales como Uber o Cabify”.
Además, se informó que “resulta inoficioso emitir directrices sobre la pertinencia de aceptar como instrumento de respaldo para acreditar los respectivos desembolsos, documentos emitidos por las empresas que operan las nombradas plataformas tecnológicas”.
En la misma línea, la Contraloría también precisó que respecto de la pertinencia de restituir a los funcionarios públicos los gastos de alojamiento en que incurran con ocasión de comisiones o cometidos, por el uso de la plataforma Airbnb, “es menester aclarar que ese tipo de gastos se encuentra cubierto por el viático, el cual no está sujeto a rendición, ello conforme a lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley del Ministerio de Hacienda”.