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Actualizado el 25 de Noviembre de 2020

Conservación Ambiental: Declarar V/S Proteger

"Hoy existen herramientas legales como el Derecho Real de Conservación que permite crear valor en el ejercicio entre privados comprometidos con la conservación de un patrimonio ambiental y del patrimonio intangible que se deriva de él".

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Marcelo Sánchez es Gerente General de Fundación San Carlos de Maipo

Recientemente la Ministra de Medio Ambiente, Carolina Schmidt, anunció el inicio del Plan Nacional de Protección de Humedales 2018-2022, programa busca detener el deterioro de las áreas verdes y preservar su biodiversidad.

En la actualidad, en nuestro país, sin sistemas de apoyo o incentivo estatal, un conjunto pequeño de privados mantiene casi 1,5 millones de hectáreas bajo conservación y protección. Quizá uno de los desafíos más relevantes para este tipo de conservación es el volumen de los recursos que requiere y los plazos que involucra, teniendo en cuenta que el financiamiento operacional es permanente y que las inversiones necesarias para hacer sustentable el proyecto, colisionan con la burocracia, restricciones y procedimientos que ralentizan soluciones que demandan urgencia.

No hay reducciones tributarias ni de otro orden que apoyen la conservación, en la mayor parte de los casos, incluso los aportes en materia ambiental que puedan hacer empresas donantes constituyen gasto rechazado, penalizando su contribución.

De allí que cobra relevancia el valor que el privado asigna a la conservación para que, pese a las dificultades e incluso desconfianzas que manifiesta la autoridad, se embarque en proyectos que trasciendan generaciones y, junto con levantar un patrimonio ambiental, sea capaz de crear un valor social compartido con las comunidades que los albergan.

Es evidente que en muchas comunas, y no sólo de la Región Metropolitana, existe una profunda inequidad en el acceso a áreas verdes. La Fundación San Carlos de Maipo en la Región Metropolitana ha impulsado un Anillo Verde que busca valorizar la periferia, generar inclusión social para la infancia, recuperando 233 kilómetros de borde río con iniciativas como la Ciclovía de las Pérdices, la de Tobalaba, el Mapocho 42K, el Parque Fluvial de la Quebrada de Macul y la conservación del Humedal de Batuco, desde el 2016.

Es sin duda un esfuerzo que implica avanzar en, no sólo generar la inversión necesaria para la construcción, sino fundamentalmente los recursos para operación y mantención. De nada sirve transformar un pasivo ambiental si no tenemos las herramientas para conservar las áreas recuperadas. En este sentido las decisiones de la autoridad no son neutras. Cuando se discuten figuras de protección para las áreas, bajo régimen de conservación, se hace necesario identificar aquellas que potencien y no que limiten la sostenibilidad de las mismas.

Hoy existen herramientas legales como el Derecho Real de Conservación que permite crear valor en el ejercicio entre privados comprometidos con la conservación de un patrimonio ambiental y del patrimonio intangible que se deriva de él.

El Derecho Real permite lo que otras figuras de protección limitan, comparte de manera eficiente la gestión del valor con las comunidades y grupos de interés que pueden efectivamente ser un aporte a crear un valor intangible. Por ejemplo el que nace a través de la educación ambiental en los niños, o al fomentar el turismo local, o al hacer investigación por parte de una Universidad.

Es importante que en materia de Conservación se priorice la gestión y la administración con sentido de urgencia y sostenibilidad, por sobre la lógica de constituir servidumbres sujetas a mecanismos que impiden responder con celeridad y con una red de servicios con serias limitaciones para fiscalizar y hacer cumplir la ley.

Esperamos que el esfuerzo que hacen fundaciones, ongs y privados por conservar nuestro patrimonio ambiental sea reconocido y valorado por las autoridades, que permitan avanzar en sistemas que agilicen su participación y no al contrario que la entorpezcan.

El valor del patrimonio ambiental no es excluyente en sí mismo, se puede transferir en beneficio de la sociedad en su conjunto y en especial de los sectores más vulnerables, pero para ello se requiere ser capaces de evaluar adecuadamente la mejor forma de proteger, pues no basta sólo con “Declarar” para hacerla real.

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