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Actualizado el 25 de Noviembre de 2020

El Rodeo al borde de la legalidad

"Hoy no existe justificación que una actividad que daña físicamente a un animal, pueda ser entendida como un deporte. El sufrimiento de un ser vivo es contradictorio con la práctica de una actividad física".

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Rafael Ferrada Henríquez es Abogado U. de Chile y Mg en Derecho Penal. Pdte. Brigada Abogados/as PS

Como es habitual, en las Fiestas Patrias se dieron manifestaciones en contra del rodeo que derivó en personas detenidas por estos hechos. La escena vuelve a hacernos cuestionar, ¿podemos seguir justificando una tradición basada en el dolor de un animal?

Hay que recordar que el reconocimiento que tiene el rodeo como deporte nacional solo es por un simple oficio, nunca una ley ha establecido su calidad de tal.
Distinto, es el caso de la rayuela, que desde el año 2014 tiene dicha calidad a través de la Ley 20.777. Por lo cual, no se entiende la protección que podría amparar la actual legislación.

La práctica del rodeo se basa en la persecución de un novillo asustado que es acorralado por dos huasos a caballo, donde el animal es arremetido contra la cerca, azotándolo y golpeándolo constantemente.

En agosto de 2016, el municipio de Recoleta emitió una ordenanza donde prohíbe “la práctica de cualquier actividad deportiva” en que se someta a animales a situaciones de violencia o estrés, incluyendo al rodeo.

Pero este año Contraloría emitió un pronunciamiento donde estima que una ordenanza no puede prohibir la práctica de un “deporte” licito, como la ha definido el mismo órgano contralor. A esto se suma, siguiendo el dictamen, que la ley N° 20.380 sobre “Protección de Animales” señala que dichas normas no se aplicaran a los deportes donde participen animales, tales como el rodeo. Más adelante, Contraloría cita al Reglamento de Rodeo que: “sanciona como prácticas específicas de malos tratos, entre otras, golpear indebidamente al novillo, tirar su cola o castigarlo con la espuela, y castigar al caballo.” Es así como de acuerdo al reglamento, sería permitido golpear al novillo, siendo prohibido solo cuando es “indebido”, o sea, cuando no tenga relación con la práctica del mismo. Esto puede crear una contradicción, donde el delito de maltrato de animales comprendido en el Código Penal podría estar avalado bajo estas condiciones, creando una situación de impunidad.

Creemos que llego el momento de eliminar el estatuto especial que tiene el rodeo en la ley de protección de animales. Hoy no existe justificación que una actividad que daña físicamente a un animal, pueda ser entendida como un deporte. El sufrimiento de un ser vivo es contradictorio con la práctica de una actividad física. La eliminación del articulo 16 permitiría que se apliquen las normas de protección de los animales, y daría un margen para que cada comuna pueda decidir prohibirlo, como se puede desprender del dictamen.

Un debate similar ha sucedido con la corrida de Toros en España, donde dicha práctica comprende la matanza pública de un animal bravío, a través de diversos estoques, con una exhibición previa de parte del matador de su destreza para esquivar las embestidas de éste. En Cataluña en el año 2010, se dictó una ley autonómica prohibiendo su práctica dentro del territorio. Pero el 2016 el Tribunal Constitucional de España, declaro que dicha ley era inconstitucional por oponerse a la ley 18/2013, dictada tres años después, que define a la tauromaquia como un patrimonio cultural español, siendo un deber su protección. Entonces, pese a que la ley catalana es anterior, hoy se opone a una norma nacional, invadiendo con esto el gobierno autónomo las facultades del Estado español. En ese momento la alcaldesa de Barcelona señalo que: “Diga lo que diga el T. C., haremos cumplir las normativas que impiden el maltrato de animales”.

Puede ser, que sea excesivo comparar el grado de violencia contra animales que tiene el rodeo con la corrida de toro, pero su veto tiene el mismo trasfondo: prohibir la práctica de actividades que maltraten a un ser vivo.

Lamentablemente, lo que hace hoy nuestra legislación, es crear una impunidad del maltrato para los practicantes del rodeo manteniéndose al margen de la legalidad, con un estatuto especial que ampara el dolor como una forma de espectáculo público.

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