Mineras podrán extraer agua sin derechos de aprovechamiento
El fallo de la Corte Suprema aplica a aguas subterráneas que se encuentren dentro del terreno de la concesión, lo que podría ser el inicio de la extracción indiscriminada y agotamiento de acuíferos.
El pasado 2 de abril, la Corte Suprema se pronunció determinando que el titular de una concesión minera podría construir un pozo para extraer o “alumbrar” agua en napas subterráneas ubicadas en el terreno de la concesión sin pagar por ello, permitiendo sacarla en forma indiscriminada, argumentando que se están “explotando” los minerales que están en el recurso natural.
El fallo responde al caso de la denuncia que interpuso la Dirección General del Agua (DGA) en contra de la Sociedad Legal Minera NX Uno de Peine (ligada a Francisco Javier Errázuriz), donde le imputó el alumbramiento de aguas subterráneas sin contra con la debida autorización para ello.
Según entendidos en el tema esto podría tener efector sobre la certeza jurídica de los derechos ya constituidos, de acuerdo a lo publicado por el Diario Financiero. A ello se suma un perjuicio al acuífero del que se abastecen en actividades tales como la minería, agricultura, entre otros, a los que se suma el abastecimiento del agua potable, particularmente, en años secos como se pronostica que sea el 2013.
Debido a la importancia del agua en la actividad minera y el alto costo que significa adquirir derechos para su uso, se están analizando las implicancias de este fallo. Esto porque, más allá de la construcción de cuantos pozos de extracción se requieran para “explotar” minerales presentes en el agua, se apunta al agotamiento de los acuíferos en cuestión, dejando a una minera que cuenta con derechos de agua, sin este recurso.
A lo anterior se debe considerar un fallo anterior, que también involucró a una sociedad minera de Francisco Javier Errázuriz (Cosayach), en que la justicia determinó que el empresario no pòdía extraer agua sin haber pagado los derechos de aprovechamiento.
Ahora, para los abogados expertos no quedó claro cuál es la interpretación correcta que se debe tomar en cuenta. El pleno de la Suprema deberá determinar cuál de los fallos es el que debe ser considerado como el correcto.