Proyecto de ley busca que grandes mineras privilegien el uso de agua de mar
Legisladores de diferentes bancadas precisan que los avances tecnológicos y reducción de costos hacen posible introducir agua de mar desalada en faenas mineras.
Las diputadas Paulina Núñez (RN), Karol Cariola (PC), Yasna Provote (DC) y Karla Rubilar (IND), además de los diputados José Manuel Edwards (RN) y Felipe Ward (UDI), presentaron un proyecto de ley para modificar el Código de Minería en lo relativo al uso de agua en faenas mineras.
En un informe relativo al Código de Minería en materia de uso de agua en faenas mineras del 6 de mayo (boletín 10038), se señala la notoria escasez de agua en el país para consumo humano, que se ha acrecentado en la última década debido, principalmente a la sequía. Además, se detalla la existencia de un uso considerable de agua fresca en faenas y procesos mineros.
Los legisladores precisan que los avances tecnológicos y reducción de costos hacen posible introducir agua de mar desalada, por medio del procedimiento de osmosis inversa, método cuyo uso en la minería es aún marginal representando sólo un 9% del total del agua utilizada el año 2013.
La iniciativa, remitida a las Comisiones de Minería y Constitución, recoge antecedentes de la Comisión Chilena del Cobre que sostiene que el año 2025 “se espera que el agua de mar alcance el 36% del agua total requerida en la industria minera del cobre”, cifras potenciales ya que más de la mitad del consumo esperado de agua de mar proviene de proyectos en condición de posibles.
Por esta razón, resultaría fundamental potenciar la utilización de agua de mar u otros medios que permitan resguardar el agua fresca para consumo humano, compatibilizando las necesidades de las comunidades con el desarrollo de la minería y que sean las faenas de CODELCO y ENAMI las quesean pioneras en su uso, detallan los legisladores.
De este modo, el proyecto propone limitar la adquisición de derechos de aguas que aparezcan en la zona de concesión, en los casos en que exista escasez de agua para consumo humano, y, en segundo término, establece la obligación de los proyectos de la gran minería de emplear en sus procesos agua de mar.
Asimismo, fija la obligación del Estado de promover y facilitar el uso de agua de mar en los procesos mineros y para el consumo humano, estableciendo, además, metas de uso de agua de mar en la industria al año 2025, de al menos un 35% en el sector privado y 40% en las empresas públicas.