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4 de Agosto de 2023

Restricción vehicular: los vehículos que no pueden circular este viernes 4 de agosto

La multa por no respetar la restricción vehicular puede superar los $94 mil.

Por Rodrigo León
Personal ministerial, municipal y de Carabineros fiscalizarán que se respete la restricción vehicular.
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Este viernes 4 de agosto es el último día de la semana en que rige la restricción vehicular, entre las 07:30 y las 21:00 horas, como es de costumbre.

Con el fin de que los conductores cumplan con esta medida, es que personal de Carabineros, municipal y ministerial estarán presentes en las calles fiscalizando, con el apoyo de las cámaras de seguridad vial.

De ser sorprendidos no respetando la restricción vehicular, este vieres 4 de agosto, se arriesgan a una multa que va entre 1 a 1,5 UTM, es decir, una cifra que puede ir de los $63.199 hasta los $94.798.

¿Qué patentes tienen prohibido circular este viernes por la restricción vehicular?

Según el calendario dispuesto por el Ministerio de Transportes, los siguientes vehículos no pueden circular este viernes 4 de agosto por la restricción vehicular.

  • Vehículos catalíticos, inscritos antes del 1 de septiembre de 2011: dígitos 0 y 1.
  • Vehículos no catalíticos, sin sello verde: dígitos 0, 1, 2 y 3.
  • Motos inscritas entre el 2002 y septiembre de 2010: dígitos 0 y 1.
  • Motos con año de fabricación anterior a 2002: dígitos 0, 1, 2 y 3.
  • Buses de pasajeros sin sello verde: dígitos 0, 1, 2 y 3.
  • Transporte de carga sin sello verde: dígitos 0, 1, 2 y 3.

A ellos se suman aquellos los autos sin sello verde y motos con año de fabricación anterior a 2002, los cuales no pueden circular dentro del anillo Américo Vespucio.

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