No es automático: cuáles son los requisitos y cómo postular a la PGU
El monto que se entrega, a partir de este año gracias al reajuste del IPC, es de $206.173.
La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio que busca mejorar las ingresos de los adultos mayores, a través de un pago mensual a cargo del del Instituto de Previsión Social (IPS), y hasta el día de hoy, muchos se preguntan cómo postular.
Actualmente, gracias al reajuste anual del IPC, el monto que se entrega asciende a un máximo de $206.173, para quienes tengan una pensión base menor o igual a $702.101. Aquellos que reciban entre $702.101 y $1.114.446 mensuales, su cifra será variable, el cual se calcula de la siguiente manera:
Requisitos para recibir la PGU
Para poder recibir la PGU se deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser adulto mayor de 65 años o más.
- No se encuentren dentro del 10% más rico de la población, requisito modificado en abril de 2023.
- Recibir una pensión base menor a $1.114.446.
- Acreditar residencia en Chile cumpliendo con dos condiciones: periodo no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde los 20 años de edad del solicitante; o cumplir con cuatro años de residencia, dentro de los cinco anteriores a la solicitud.
¿Cómo se puede postular a la PGU?
Existen dos maneras de postular a este beneficio, ya sea de forma presencial, en las oficinas de Chile Atiende, o a través de internet.
En este último caso se deben seguir las siguientes instrucciones:
- Ingresar a la página del Instituto de Previsión Social (IPS).
- Digitar RUT y presionar “Ingresar”.
- Pulsar botón “Pensión Garantizada Universal, Pilar Solidario y Bono por Hijo”.
- En caso de cumplir con los requisitos, se deberá ingresar Clave Única y contraseña para luego pulsar “Continuar”.
- Completar el formulario de solicitud y presionar “Enviar”.
Para postular a la PGU de forma presencial, se debe hacer lo siguiente:
- Asistir a una oficina de ChileAtiende.
- Explicar el motivo de la visita, que en este caso puede ser: conocer si puede ser beneficiario o beneficiaria de la pensión garantizada o revertir la asignación propuesta por el IPS (PGU o APSV).