Igualdad ante la ley y derecho de propiedad: los argumentos de la Corporación de Wanderers en su recurso contra la ANFP
La organización presentó un recurso de protección luego que se decretara el cierre del campeonato de Primera B, dejando a los caturros sin ascenso.
Fue la primera acción judicial directa tras la decisión de la ANFP de cerrar el Campeonato de Primera B sin ascensos a Primera División. La Corporación de Santiago Wanderers llegó el lunes a la Corte de Apelaciones de Valparaíso para que se dicte una orden de no innovar de carácter urgente para suspender la aprobación de las bases del torneo, las que se deberían definir este 6 de diciembre.
En el documento presentado ante los tribunales, la organización da una serie de argumentos para defender su postura, la que va desde la igualdad ante la ley a la vulneración del derecho a la propiedad, que habría impactado a los socios del cuadro “caturro” debido a la postergación de su ascenso.
El recurso aún se está tramitando en la ciudad porteña y es mirado con atención por la ANFP, especialmente por la dura reglamentación de la FIFA en cuanto a la intervención de la justicia ordinaria en temas deportivos.
Los detalles del recurso
El escrito, que fue enviado por el presidente de la Corporación de Wanderers, Mario Oyer, con el respaldo de los abogados Jeanette Bruna y Oscar Silva, describió los hechos que generaron la decisión del Consejo de Presidentes de la ANFP de cerrar el fútbol chileno sin otorgar el ascenso al “Decano”, que ocupaba el primer lugar en la tabla de Primera B.
“De la simple descripción de los hechos, que son públicos y notorios a nivel nacional, es palmaria la ilegalidad y además la arbitrariedad y capricho que inspiró la decisión adoptada por el Consejo de Presidentes de la ANFP a instancias de su Directorio, en su sesión de 29 de noviembre de 2019. En efecto, vulnerando el claro tenor del artículo 10 nº 3 de los Estatutos de la ANFP y, en especial, la exigencia de unanimidad, el Consejo modificó las bases del torneo de fútbol profesional de Primera B, del año 2019″, apunta el escrito.
Tras esto, el recurso explica que para tomar decisiones “en caso fortuito o de fuerza mayor” se requiere un alto quórum en el consejo. En los estatutos incluso se señala que la modificación de las bases en medio de un torneo se debería aprobar con la unanimidad de los presidentes.
“Es incontrovertible que, en la redacción de los estatutos de la ANFP, la referencia al caso fortuito o la fuerza mayor solo dice relación con la acción de aprobar bases y, en caso alguno, se refiere a modificar las mismas”, agregó.
Los derechos vulnerados
Tras profundizar en sus razones jurídica para acceder a la orden de no innovar, la Corporación de Wanderers aseguró que el no ascenso de su equipo decretado por la ANFP vulnerarían o amenazarían los “derechos y garantías establecidos en los numerales 2, 3, y 24 del artículo 19 de la Constitución”.
El primer punto establecido es el de la igualdad ante la ley y la prohibición de discriminaciones arbitrarias, la que según los demandantes se aplicaron en este caso.
“Anteriormente fueron desarrolladas dos tesis de arbitrariedad. La principal dice relación con aquella que emana de una decisión adoptada por la recurrida, apartándose del claro tenor de su propio estatuto, en relación con el quórum necesario para modificar las bases ya aprobadas de una competencia. La segunda, -subsidiaria- dice relación con la falta de razonabilidad en la decisión que se toma junto con la de terminar anticipadamente el campeonato de Primera B; vale decir, la de no designar como campeón del torneo de Primera B a Santiago Wanderers, lo que supone, a su vez, dejar de aplicar la consecuencia derivada y consustancial a dicha condición, como es el ascenso a Primera División”, expresó.
Sobre esto se profundizó señalando que “cada una de las anteriores ideas constituyen manifestaciones casi paradigmáticas de lo que es una discriminación arbitraria. Como pocas veces ha ocurrido, la sensación de despojo e injusticia cometida contra Santiago Wanderers es percibida como tal por amplios sectores de la opinión pública; al punto que ni siquiera es necesario tener conocimientos jurídicos para apreciar la patente irregularidad cometida por la ANFP”.
Otro punto al que apela la Corporación de Wanderers respecto a la decisión de la ANFP es al derecho a la tutela efectiva, apuntando a que la normativa FIFA que prohíbe a las entidades deportivas recurrir a los tribunales ordinarios para resolver sus controversias es “inconstitucional”.
“Todo lo anterior conlleva a que los clubes se inhiban de ejercer acciones de tutela ante tribunales ordinarios, razón por la cual los recurrentes lo hacemos en nombre de Santiago Wanderers y no en representación de éste, toda vez que a los particulares no les afecta ningún tipo de prohibición, sin perjuicio de la afectación de garantías de otras personas, según se desarrollará en este recurso”, enfatizaron.
El otro derecho vulnerado según la corporación sería el de propiedad. En este caso se apunta a los beneficios económicos y tangibles que implicaría el ascenso a Primera División (los que se perderían con la decisión de la ANFP) y la afectación que sufriría el organismo al ser parte de la propiedad del club con la entrega de sus derechos de concesión y la participación de dos integrantes en el directorio de la sociedad anónima.