Las sanciones que arriesga Colo Colo por los disturbios en el Estadio Monumental
El Código de Procedimientos y Penalidades de la ANFP es claro a la hora de establecer responsabilidades en hechos como los ocurridos durante el clásico ante Universidad Católica.
Fue el incidente más grave en el retorno del fútbol tras el estallido social. Los fuegos artificiales y petardos lanzados a la cancha del Estadio Monumental durante el clásico entre Colo Colo y Universidad Católica marcó un antes y un después en el conflicto con las barras bravas, ya que un jugador resultó herido por la acción de la Garra Blanca.
El afectado fue el jugador albo Nicolás Blandi, quien además de terminar con un leve corte en su pierna, quedó afectado por un aparente trauma acústico, el que todavía estaría en revisión.
Durante este mes en que volvió el fútbol a las canchas, marcado por disturbios al interior y exterior de los estadios y por invasiones a la cancha, jamás se había atacado directamente a un futbolista. Por lo mismo, los eventuales castigos para la concesionaria Blanco y Negro podrían ser altos y afectarían directamente al plantel.
El Código de Procedimiento y Penalidades de la ANFP, que actualmente está vigente, establece normas y circunstancias específicas para las infracciones de los clubes, las que deberán ser analizadas por el Tribunal de Disciplina.
Lo que dice el reglamento
Al momento de abordar la violencia en los estadios, las bases del Campeonato Nacional 2020 remiten a la Ley vigente y también al código propio, el que establece las responsabilidades en los actos de violencia, las que recaen directamente en los clubes que ejercen la localía y organizan el partido.
En el artículo N° 66, la normativa señala que “el club que oficie de local deberá ser diligente en el cumplimiento de las obligaciones que impone la ley 19.327, sobre Violencia en los Estadios, a fin de evitar conductas impropias de los espectadores so pena de aplicarse las sanciones previstas en este artículo”.
“Se considera conducta impropia, entre otras, los actos de violencia contra personas o cosas, la utilización de objetos inflamables, el lanzamiento de objetos, el despliegue de pancartas con textos ofensivos al honor, los gritos injuriosos reiterados y que tengan un contenido xenófobo, racista, religioso o político y la invasión al campo de juego”, continúa el texto.
En el caso de Colo Colo, el lanzamiento de objetos a la cancha, con el añadido de la lesión provocada a un futbolista, podría complicar su panorama.
En cuanto a las sanciones, el Tribunal de Disciplina puede tomar una o más de las cinco alternativas dispuestas por el Código de Penalidades.
La menos grave es la amonestación al club, la que no implica un mayor castigo deportivo o económico. Tras esto viene la multa desde 10 a 100 Unidades de Fomento (UF) para la institución infractora.
Luego viene la prohibición de ingreso de público al estadio, de uno a cinco fechas, excepto los que autorice el tribunal autónomo de disciplina; la suspensión del estadio, si en los incidentes han participado adherentes del club local, de una a cinco fechas, suspensión que deberá cumplirse en forma consecutiva; y finalmente, la realización de uno a cinco juegos a puertas cerradas.
El Código de Penalidades muestra además algunas posibles “atenuantes” que podrían beneficiar a los equipos. Lo más claro en este sentido es que el elenco acusado se podría eximir de los castigos si demuestra que siguió todas las indicaciones de seguridad señaladas en la ley, además de haber seguido las instrucciones de las autoridades competentes.
Esta normativa no implica una posible pérdida de puntos, la que sí está considerada si se comprueba que algún dirigente de un club aportó de alguna manera (con dinero o especies) a un grupo de hinchas. Aquello podría terminar en la resta de 10 unidades en la tabla.
Decisiones en casos similares
Esta no es la primera vez que un jugador de fútbol sale herido tras recibir el impacto de un proyectil en un partido de fútbol. Durante años se han visto complicadas situaciones en las canchas, las que llegaron a límites insospechados y a diversas decisiones desde la justicia deportiva.
Uno de los casos más simbólicos ocurrió durante el año 2003, también en el Estadio Monumental, cuando en pleno Superclásico con Universidad de Chile el entonces jugador azul Nelson Pinto recibió un objeto en su rostro de parte de la barra colocolina. Debido a esto, el fallecido árbitro Rubén Selman determinó la suspensión del encuentro por “falta de garantías”.
Durante aquel día los disturbios se extendieron en los alrededores de Pedrero, dejando más de 120 detenidos y ocho personas heridas, entre ellas tres carabineros.
El Tribunal de Disciplina actuó con los antecedentes que tenía disponibles y decidió castigar a Colo Colo con cinco partidos sin poder recibir a los azules en su propio estadio. Aquella sanción fue apelada y el “cacique” logró reducir la sanción a tres partidos, recuperando su localía en Macul durante el año 2006.
Otro caso emblemático fue el ocurrido con el jugador de Universidad Católica Fernando Meneses, quien el 27 de octubre de 2013 recibió un fuerte golpe en la cabeza luego que desde las tribunas le lanzaran un rollo de papel durante el clásico universitario ante Universidad de Chile en el Estadio Nacional.
La situación generó polémica entre los propios jugadores en la cancha, ya que algunos azules afirmaba que el jugador había exagerado.
Aquel caso fue abordado por el Tribunal de la ANFP, que decidió eximir a Azul Azul de responsabilidad, al estimar que la concesionaria había tomado todas las medidas de seguridad requeridas para el desarrollo del encuentro, entregando documentos en donde ratificaba el contrato a una empresa de torniquetes -y otros elementos- como también de 400 guardias.
“Si bien es cierto que para este Tribunal, y con la misma prueba analizada, queda de manifiesto que hubo conducta impropia de adherentes del Club Universidad de Chile presentes en el Estadio y quienes fueron los que provocaron en definitiva la suspensión del encuentro, no es menos cierto que en rigor reglamentario no existe norma punitiva alguna que permita sancionar al Club Universidad de Chile como responsable de esta conducta, conforme no existe tipo infraccional alguno aplicable en la especie”, expresó parte de la resolución.
La agresión a Meneses provocó una fuerte disputa pública entre el entonces presidente de Azul Azul, José Yuraszeck, con su par de Cruzados, Jaime Estévez.