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26 de Junio de 2020

TDLC multa a la ANFP con US$2,3 millones y la obliga a eliminar cuota de incorporación a Primera B

La FNE señaló que la cuota de incorporación no fue impuesta con el propósito de perfeccionar la organización de los torneos deportivos ni de mejorar las condiciones en que se desarrolla la actividad.

Por Cristián Meza
ANFP TDLC
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El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) condenó a la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) al pago de una multa de más de US$ 2,3 millones (3.145 Unidades Tributarias Anuales, UTA).

Lo anterior por haber exigido a los equipos de Segunda División del fútbol profesional chileno, como requisito para ascender a Primera B, pagar una cuota de incorporación de 24 mil UF 24. Además, ordenó el cese inmediato de este cobro.

El TDLC acogió la acusación formulada en febrero del 2018 por la Fiscalía Nacional Económica (FNE), señalando en su sentencia que “la Cuota de Incorporación tuvo el efecto de limitar la capacidad competitiva y deportiva de los clubes que la pagaron”.

Además, se indicó que este cobro ha constituido “una barrera artificial que obstaculiza el ingreso al mercado o, en caso que se logre ingresar, entorpece el desempeño competitivo del entrante”.

El Fiscal Nacional Económico, Ricardo Riesco, afirmó que “esta sentencia elimina una conducta que ha afectado la competencia en el fútbol nacional y ratifica que el trabajo de la FNE y la institucionalidad de libre competencia se aplica a todos los mercados sin distinción y a toda clase de conductas sancionadas por el DL 211, incluyendo a aquellas de carácter unilateral que no involucran acuerdos entre competidores”.

La FNE señaló ante el TDLC que la cuota de incorporación no fue impuesta con el propósito de perfeccionar la organización de los torneos deportivos ni de mejorar las condiciones en que se desarrolla la actividad.

Asimismo, argumentó que las restricciones a la competencia que la conducta provoca son innecesarias y completamente desproporcionadas para la consecución de los objetivos que la ANFP decía perseguir.

El TDLC concluyó que “la ANFP no basó sus decisiones acerca de dicha Cuota en argumentos razonados de índole económico, menos aún de libre competencia, sino que todo indica que las decisiones adoptadas en el seno del Consejo de Presidentes estuvieron basadas en el deseo de proteger los intereses de los clubes que participan regularmente de los campeonatos de la Primera B”.

Finalmente, se informó que tras la sentencia, las partes tienen un plazo de 10 días hábiles para presentar un recurso de reclamación ante la Corte Suprema.

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