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4 de Septiembre de 2018

Proponen hasta 15 años de cárcel para quienes agredan a profesores

El proyecto de ley apunta a dar una protección penal especial a los profesionales de la educación que prestan servicio en establecimientos educacionales pre-básicos, básico y medio.

Por Redacción EL DÍNAMO
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El vicepresidente de la Cámara de Diputados, Mario Venegas, presentó este martes un proyecto de ley que establece una protección especial penal para los profesores y profesionales de la educación, castigando con pena de cárcel a quienes agredan, golpeen y maltraten a estas personas.

La iniciativa contempla “aumentar en un grado las penas contempladas cuando se trata de provocar lesiones graves, gravísimas o menores, y en el caso de no haber lesiones graves, aquellos que violentan o agreden a estos funcionarios de la salud y en especial a los profesores, tengan a lo menos que reparar con trabajo de carácter comunitario”.

Por ello, el proyecto de ley apunta a dar una protección penal especial a los profesionales de la educación que prestan servicio en establecimientos educacionales pre-básicos, básico y medio, en instituciones reconocidas por el Estado, al reconocer el estatus de autoridad y elevar las sanciones penales en casos de lesiones, en relación al delito común.

De esta forma, la iniciativa crea un nuevo artículo 263 del Código Penal, que señala que “el que hiera, golpee o maltrate de obra a un funcionario de un servicio de salud, o a un profesional de la educación que preste servicio en establecimientos educacionales pre-básicos, básico y medio, en instituciones reconocidas por el Estado, en el ejercicio propio de su cargo, o con ocasión de ella, será castigado con la pena de presidio mayor en su grado medio (de 10 años y un día a 15 años), si de resultas de las lesiones el ofendido queda demente, inútil para el trabajo, impotente, impedido de algún miembro importante o notablemente deforme”.

Agrega que sancionará “con presidio menor en su grado medio (de 541 días a 3 años) a máximo (de 3 años y un día a 5 años), si las lesiones producen al ofendido enfermedad o incapacidad para el trabajo por más de treinta días y  con presidio menor en grado mínimo (de 61 a 540 días) a medio (de 541 días a 3 años), si le causa lesiones menos graves”.

Asimismo, plantea una multa de once a veinte unidades tributarias mensuales, o con la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, sólo esta última, si le ocasiona lesiones leves o no se produce daño alguno.

La iniciativa fue respaldada por las diputadas Cristina Girardi (PPD), Camila Rojas (IND) y María José Hoffmann (UDI), además de los parlamentarios Jaime Bellolio (UDI), Hugo Rey (RN) y Gonzalo Winter (IND).

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