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6 de Septiembre de 2023

Corte confirma multa contra Claro por emitir película para adultos en horario de protección

La empresa deberá pagar más de dos millones de pesos por emitir The Forever Purge a través del canal HBO.

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La Corte desestimó la apelación de la empresa y ratificó la multa del CNTV. CAPTURA.
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La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa del Consejo Nacional de Televisión (CNTV) en contra de la empresa Claro Telecomunicaciones S.A. por emitir la película The Forever Purge, a través del canal HBO, calificada para mayores de 18 años, en horario de protección.

Según el tribunal de alzada, la entidad actuó dentro de sus facultades, por lo que se desestimó la apelación que presentó la compañía, y tendrá que pagar una suma de 42 UTM, equivalente a $2.664.984.

En el fallo unánime de la Quinta Sala, consignan que sobre “la imposibilidad técnica y contractual para modificar el contenido de la parrilla programática que emite, tal argumento no puede ser oído en la medida que constituye una situación voluntaria de su parte que no puede servir para quedar fuera del ámbito de control de la autoridad“.

Por lo mismo, se le exige a Claro que adecúe “sus contratos o la adopción de medidas que le permitan respetar las normas legales y reglamentarias nacionales que regulan la actividad que desarrolla”.

Además, destacan que “en cuanto a que debió permitirse probar si Claro podría haber controlado o alterado la señal, y en cuanto a las imposibilidades técnicas y contractuales para modificar los contenidos enviados previamente por los programadores por vía satélite, cabe considerar que no se advierte, una vulneración como la que pretende la recurrente, por cuanto aún de ser efectiva la afirmación de que no puede controlar o alterar la señal, ello jamás podría habilitarla a incumplir la legislación del ramo, y por ende no tiene la entidad para justificar una vulneración al ordenamiento jurídico“.

La Corte tampoco admitió la posibilidad de derivar su responsabilidad legal y reglamentaria a Claro en los usuarios por “la vía de proporcionar un control parental que permitiría que los adultos ejercieran un control sobre lo que puede ver el público protegido pues con ello se olvida que es precisamente quien presta el servicio de televisión el que está obligado a cumplir con las normas que aseguran el correcto funcionamiento de este servicio”.

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