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8 de Marzo de 2013

Las elecciones venezolanas se definirán a partir del 14 de abril

La Ley Orgánica de Procesos Electorales de la nación caribeña establece que al momento de convocarse una elección el CNE debe publicar el cronograma de actividades de esos comicios, cuestión que aún no se concreta.

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A partir del domingo 14 de abril (incluyendo esta fecha) el Consejo Nacional Electoral (CNE) estaría en capacidad técnica de realizar la elección para escoger al sustituto de Hugo Chávez para el periodo 2013-2019.

Aunque aún no se ha tomado una decisión oficial debido a que los rectores continúan evaluando los escenarios diseñados por los equipos técnicos del organismo, en la institución existe confianza en poder ajustarse al requerimiento del artículo 233 de la Constitución que establece: “Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente electo antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección dentro de los treinta días consecutivos siguientes”, informa el diario venezolano El Universal.

Sin cronograma 

La Ley Orgánica de Procesos Electorales de la nación caribeña establece que al momento de convocarse una elección el CNE debe publicar el cronograma de actividades de esos comicios, cuestión que aún no se concreta. El artículo 42 dice que la convocatoria a elecciones es el acto público mediante el cual el CNE fija la fecha de elección (…) En el acto de convocatoria, se hará público el cronograma electoral del respectivo proceso, el cual contendrá las etapas, actos y actuaciones que deberán ser cumplidos.

Mientras los equipos técnicos no definan los lapsos de cada una de las tareas previas a una elección (diseño de tabla mesa, programación de máquinas, pruebas a los sistemas de escrutinio, transmisión y totalización de resultados, etc.) los rectores no estarían en capacidad de realizar una convocatoria oficial, aunque sí podrían anunciar fechas tentativas (como ocurrió con las elecciones locales previstas para este año).

El precedente inmediato de un evento electoral sobrevenido es el referendo constitucional de 2009 (la Constitución ordena que una vez aprobada la solicitud debe realizarse la consulta popular en 30 días).

En este momento también se desconoce si podrán sufragar los 100.495 venezolanos inscritos para votar en las misiones consulares y embajadas de Venezuela en el mundo. Al tratarse un proceso 100% manual la logística es distinta a la que se aplica en Venezuela.

La elección presidencial afectará el cronograma para organizar los comicios locales, proceso previsto para escoger a 335 alcaldes, 2.345 concejales, dos alcaldes metropolitanos y 20 concejales metropolitanos. En este caso los rectores deberán desconvocar la elección prevista para el 14 de julio, ajustar el cronograma actual y volver a convocarlos en otra fecha.

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