Jaque mate de la agenda anti delincuencia: es más grave negarle carné a inspector municipal que a Carabineros
Un policía puede retener a una persona por hasta ocho horas, y si no comprueba su identidad, debe liberarlo. Redacción de la norma amplía de forma ambigua y complicada los poderes de los funcionarios comunales.
Mientras gran parte de la ciudadanía se manifestaba contra del control preventivo de identidad, el que era constantemente comparado con la detención por sospecha, un pequeño pero gran detalle pasó literalmente colado en la redacción de la agenda corta antidelincuencia.
En tanto se acotaba lo más posible la acción de la policía, LUN repara en esta jornada en un punto no menor: es más grave no colaborar con los inspectores municipales que con la policía.
Carabineros, por ejemplo, puede retener o trasladar a un retén a una persona hasta un máximo de 8 horas, si ésta se niega a entregar su identidad, y si esta –tras este plazo- no se esclarece, debe ser liberada.
En cambio, quien “impida el ejercicio de las funciones fiscalizadoras de los inspectores municipales sufrirá la pena de multa de una a cuatro Unidades Tributarias Mensuales (UTM, lo que al día de hoy se alzaría hasta 175 mil 392 pesos)”.
El subsecretario de prevención del delito, Antonio Frey, precisa que el “impedir el ejercicio” de los inspectores sería “no colaborar (…) por ejemplo, negar tanto la cédula de identidad como el documento respectivo a la infracción detectada. Si es un parte vehicular, el permiso de conducir. Si es un local, la patente de alcoholes”.
¿Cuáles son las áreas de acción de los inspectores, para estar atentos? ley de rentas municipales, ley general de urbanismo y construcción, ley de tránsito y transporte público, ley de alcoholes, entre otras, además de las ordenanzas de cada municipio.