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Actualizado el 6 de Agosto de 2018

Los lapidarios informes de Gendarmería sobre los beneficiados de Punta Peuco

El análisis psicológico de los condenados hoy en libertad condicional revela una falta de empatía, además de minimizar sus delitos.

Por Redacción EL DÍNAMO
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Siete internos de Punta Peuco recibieron por parte de la Corte Suprema el beneficio de libertad condicional, pese a haber sido condenados por violaciones a los derechos humanos. Sin embargo, los informes de Gendarmería revelan que los ex internos no dimensionan los daños cometidos, incluso negando los delitos.

La Tercera accedió a los informes elaborados en marzo respecto de los siete beneficiados, revelando aspectos psicológicos de cada uno de ellos.

1 Gamaliel Soto Segura (72)

  • “Respecto del delito por el que fue condenado una ausencia de conciencia del mismo, reconociendo solo que pertenecía a la comisaría en la cual fue detenida la víctima, y respecto de la sentencia por la cual cumple condena, niega su participación directa”.
  • “Rigista bajos niveles de empatía y una mermada capacidad para enjuiciar críticamente su comportamiento (…), refiriendo insistentemente que se encuentra privado de libertad por una venganza política y que es inocente, porque no ha cometido delito alguno”.

2 Felipe González Astorga (79)

  • “Niega toda responsabilidad en los hechos por los que cumple condena, refiriendo que solo se limitó a cumplir órdenes”.
  • “Tiende a disminuir responsabilidades mediante la argumentación cronológica de sus funciones, su cargo, así como la madurez de sí mismo (…), acotando que en esos años para él se trató de una orden más que debía cumplir, como cualquier otra”.
  • Sobre la conciencia del delito, el texto dice que está “ausente”.

3 Hernán Portillo Aranda (66)

  • “(Existe) mediana conciencia del delito, reconociendo parcialmente su participación en los hechos por los que cumple condena, pero tendiendo a justificarse en el contexto de órdenes recibidas de la superioridad y de una eventual enfermedad cardíaca que habría desembocado en el fallecimiento de la víctima”.
  • “Se justifica eno el cumplimiento de su deber militar”.
  • “Minimiza su responsabilidad, sin lograr evidenciar el carácter ilícito de sus acciones”.

4 Manuel Pérez Santillán (67)

  • “Reconoce solo parcial y circunstancialmente su participación en los hechos por los cuales cumple condena, aseverando que esta se limita a haber acudido por dos días a Uruguay a conversar con la víctima para convencerlo de que mejorara su comportamiento, negando su responsabilidad y conocimiento de los hechos por los que cumple condena”.
  • Mantiene una “regular” conciencia del mal causado.
  • “Se siente culpable solo de haberlo guiado a la Dine en búsqueda de auxilio, porque la víctima le habría señalado que estaba siendo hostigada por narcotraficantes con los cuales había estafado con dinero”.
  • “Si bien manifiesta encontrarse arrepentido de haber acudido a Uruguay, no considera haber realizado actos ilegales, por lo que no se aprecia arrepentimiento respecto del ilícito”.

5 José Quintanilla Fernández (66)

  • “Minimiza su participación en el delito por el que cumple condena, negando toda responsabilidad al respecto y realizando un análisis meramente descriptivo de situaciones, sin profundizar y solo en la perspectiva de liberarse de toda culpa”
  • “(La conciencia del delito) ausente. No logra visualizar el carácter ilícito de su comportamiento, realizando una muy superficial elaboración al respecto, negando haber cometido delito alguno. Se tiende a victimizar y justificar su rol, donde comenta que ofrece ayuda a los detenidos”.

6 Moisés Retamal Bustos (68)

  • “No muestra arrepentimiento respecto de acciones suyas ligadas con los hechos delictivos”.
  • “Ausente conciencia del delito, negando lo establecido en la condena final, afirmando ser inocente y que tal condición habría quedado demostrada en el proceso”.
  • “Sobre la conciencia del mal causado, esta se aprecia medianamente desarrollada, pues aunque niega su participación en los hechos delictivos, entrega un discurso de empatía general hacia las víctimas de derechos humanos”.

7 Emilio Robert de la Mahotiere (81)

  • “Existe una evolución en conciencia del delito, puesto que, y si bien niega su responsabilidad en los ilícitos, matiza un relato donde su argumentación recorre entre la descripción de rol, con las acciones buenas y malas, así como una visión tendiente a la objetividad del contexto histórico que revisten el cumplimiento de sus funciones como piloto de helicóptero”.
  • “Posee una conciencia del mal causado insuficiente (…). No logra profundizar en aquellas temáticas. Asimismo, niega haber efectuado mal alguno a terceros y centra su discusión únicamente en el daño percibido por sí mismo y su familia, producto de la reclusión”.
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