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Actualizado el 11 de Diciembre de 2018

¿Conflicto de interés?: los ministros del TC que aprobaron la objeción de conciencia y trabajan para la Universidad Católica

Cuatro de los ocho ministros que respaldaron el requerimiento de Chile Vamos trabajan actualmente en reparticiones de la UC, casa de estudios que defendió que instituciones que reciben financiamiento público pudieran negarse a realizar abortos.

Por Noemí Arcos
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Por una contundente votación de 8 contra 2, el pleno del Tribunal Constitucional acogió el requerimiento presentado por Chile Vamos respecto del reglamento de objeción de conciencia del aborto en tres causales.

Con esta decisión, dada a conocer la semana pasada y cuya sentencia de fondo se hará pública el próximo 8 de enero, se permite a las seis instituciones privadas que reciben financiamiento público declararse objetores de conciencia y no realizar abortos en sus dependencias. Se trata de la Clínica Arturo López Pérez, el Hospital Clínico de la Universidad Católica, el Hospital Parroquial de San Bernardo, el Hospital San Francisco de Pucón, el Hospital Padre Bernabé de Lucema en Panguipulli y la Clínica de Puerto Varas.

Entre ellas, la Universidad Católica -y en especial el rector Ignacio Sánchez– fue una la instituciones que más reparos presentó al reglamento vigente previo a la decisión del TC. Y es precisamente en esa casa de estudios, en la Facultad de Derecho, donde cuatro de los ocho ministros del Tribunal Constitucional que votaron a favor del requerimiento de Chile Vamos dictan clases. 

El presidente del TC, Iván Aróstica Maldonado es uno de los profesores del Magíster en Derecho General y en el Magíster Mención Derecho Regulatorio. En ambos ha dictado durante los últimos dos años el optativo “Justicia Administrativa. Evolución y situación actual”.

Juan José Romero Guzmán, por su parte, es director del Magíster en Derecho de la Empresa LLM, versión Internacional de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Es profesor de Derecho Constitucional y Regulación Económica en el Magister mención Derecho Constitucional y en el con mención en Derecho Regulatorio. Además, posee el cargo de Consejero de Facultad.

Romero, además, es profesor asociado del Departamento de Derecho Económico, Comercial y Tributario, en donde dicta las cátedras de Derecho Económico I y II.

María Pía Silva Gallinato, la última ministra nombrada en el TC en reemplazo de Marisol Peña, aparece en la nómina del Departamento de Derecho Público de la PUC con el cargo de profesor asistente adjunto. En dicha universidad imparte el curso de pregrado “Acciones y Recursos Constitucionales” y el curso “Mecanismo de Control de Constitucionalidad: Implicancias y Desafíos” en el programa de Magíster en Derecho, LLM UC.

En paralelo, según la nómina de profesores de Derecho UC, el ministro Miguel Ángel Fernández González también es profesor asociado del Departamento de Derecho Público, además de ser Director Magíster en Derecho, LLM (o Máster en Leyes), programa de posgrado en Derecho con reconocimiento internacional.

En dicha facultad, donde también es consejero, imparte los cursos Derecho Político, Instituciones del Estado de Derecho Chileno, Derechos Fundamentales y Derechos Humanos.

Además de Aróstica, Romero, Silva y Fernández, votaron a favor del requerimiento los ministros Domingo Hernández, María Luisa Brahm, Cristián Letelier y José Ignacio Vásquez. Y en contra, Gonzalo García y Nelson Pozo.

El primer triunfo de la UC

Previa a esta decisión del TC, la Universidad dirigida por Sánchez ya había anotado un triunfo respecto a la objeción de conciencia.

En septiembre pasado, la Contraloría se pronunció mediante un oficio al requerimiento de cuatro diputados de Renovación Nacional, en el que se precisó que “en los casos de convenios que contemplen dichas especialidades, ello no será impedimento para invocar la objeción de conciencia cuando por la naturaleza de las prestaciones convenidas, no se comprendan atenciones en pabellón, como sucede con los centros que prestan atención de salud primaria”.

Con la inclusión de la palabra “pabellón” es posible entonces mantener el convenio que permite el financiamiento público de los tres consultorios de la Red UC Christus, en La Pintana y Puente Alto y que llega a una población de aproximadamente 68.000 usuario al año.

Esta resolución es la segunda en que el TC se pronuncia sobre la ley de aborto en tres causales. Previamente había accedido a que la objeción de conciencia fuera institucional y no sólo un decisión personal de los profesionales de la salud que hicieran el procedimiento en el pabellón.

El Ministerio de Salud no alegó ante el tribunal para defender el reglamento, el que había sido modificado por la Contraloría sobre las objeciones institucionales cuando se reciben aportes fiscales, por lo que ahora se podría volver al documento inicialmente redactado por el Minsal.

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