Caso Basura: Corte de Santiago confirmó fallo que absolvió a ex alcalde Sabat
El fallo ratificó que "no existió ilegalidad alguna en el proceso de licitación y adjudicación de la empresa Demarco por la Municipalidad de Ñuñoa".
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad presentado por la Fiscalía Metropolitana Occidente y confirmó el fallo de primera instancia que absolvió al ex alcalde de Ñuñoa, Pedro Sabat, de los delitos de fraude al fisco y malversación de caudales públicos en el marco del caso Basura.
De esta manera, la corte ratificó el fallo unánime del Tercer Tribunal Oral Penal de Santiago que el 24 de enero pasado absolvió a Sabat y al ex asesor jurídico del municipio, Marcial Araya.
Se trató del primer juicio oral que impulsó la Fiscalía Metropolitana Occidente por los delitos de fraude al fisco en el contexto de las licitaciones por servicios de extracción de basura adjudicados a la empresa KDM.
La Fiscalía acusó a Sabat y Araya de usar un subterfugio para no respetar la decisión del concejo municipal de Ñuñoa de rechazar la propuesta de adjudicación del servicio a la empresa Demarco, filial de KDM, dado que iba contra los intereses de la comuna.
Según la acusación de la fiscalía, los imputados adoptaron de forma unilateral la decisión de adjudicar la licitación a dicha compañía, que en su operación entre los años 2012 y 2016 provocó un perjuicio fiscal superior a los 524 millones de pesos.
Sin embargo, el tribunal falló que la fiscalía no pudo acreditar los delitos, por lo que dictó veredicto absolutorio.
En el fallo unánime el tribunal –integrado por las magistradas Marcela Erazo Rivera (presidenta), Blanca Roja Arancibia y Claudia Santos Silva (redactora)- indicó que “se puede concluir que no existió ilegalidad alguna en el proceso de licitación y adjudicación de la empresa Demarco por la Municipalidad de Ñuñoa”.
Añadió que “de los antecedentes vertidos en juicio no se vislumbra indicio alguno que dé cuenta de una acción delictiva, ni de infracción a los deberes funcionarios a causa de la cual se haya ocasionado un perjuicio al fisco de modo de constituir autoría en un delito de fraude o malversación de caudales públicos”.
Asimismo, el tribunal condenó en costas al Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado, como acusadores en la causa.