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9 de Agosto de 2019

Contraloría: municipios no pueden otorgar patente para tragamonedas

El organismo fiscalizador precisó que el documento que debe emitir la Superintendencia, en el marco en el otorgamiento de una patente comercial de esta naturaleza, no constituye el permiso que debe entregar el municipio.

Por Redacción EL DÍNAMO
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Un dictamen de Contraloría determinó que los municipios no pueden otorgar patente para tragamonedas sin informe de la Superintendencia de Casinos que determinen que las máquinas de juego son de habilidad y destreza y no azar.

Tras una solicitud de pronunciamiento sobre la materia en la Comuna de Cerro Navia, la Contraloría señaló que dicha municipalidad se ajustó a derecho al no otorgar a un particular una patente comercial provisoria o definitiva para la explotación de las máquinas de juego (de habilidad y destreza), sin que previamente obtuviese el informe favorable de la Superintendencia de Casinos, a fin de verificar que aquellas no son juegos de azar.

“En este informe se indica que al examinar una petición de patente en este rubro, el municipio debe en primer término considerar el catálogo de juegos aprobado por la superintendencia. Si hubiera dudas, la municipalidad debe coordinarse con esa institución para solicitar ese informe”, dice el documento de Contraloría.

El organismo fiscalizador precisó que el documento que debe emitir la Superintendencia, en el marco en el otorgamiento de una patente comercial de esta naturaleza, no constituye el permiso que debe entregar el municipio.

“Se trata de un informe que contiene la opinión del organismo técnico especializado en la materia, que determina el tipo de máquinas de juego“, se precisó.

El dictamen de Contraloría añadió que “aceptar que el municipio otorgue una patente, aunque sea provisoria, sin verificar previamente que las respectivas máquinas electrónicas efectivamente no sean de azar, implicaría que eventualmente la autoridad edilicia estaría autorizando el ejercicio de una actividad ilícita, lo que no resulta admisible”.

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