Rebaja de avalúo y nada de multas: las medidas del SII para afrontar la crisis
El director del SII, Fernando Barraza, anunció un plan de acciones para facilitar na serie de trámites tributarios a los contribuyentes.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) anunció este miércoles una serie de medidas para ayudar a las personas, micro, pequeños y medianos contribuyentes a cumplir con sus obligaciones tributarias en medio de la crisis social que vive el país.
En compañía del nuevo ministro de Hacienda, Ignacio Briones, el director del SII, Fernando Barraza, anunció un plan de acciones que, incluye entre otros, una extensión de plazo en la declaración de IVA correspondiente al mes de septiembre, la que ahora podrá realizarse hasta el 10 de noviembre, sin ningún tipo de recargo.
“Esta medida, destinada para personas, micro, pequeñas y medianas empresas, extiende en 10 días adicionales el plazo ya entregado por el SII, y busca aliviar a los contribuyentes que han visto afectados sus ingresos por la situación que vive el país”, detalló Barraza.
Asimismo, se adoptaron las siguientes medidas:
1/Se amplió a cinco meses el plazo para dar aviso al SII en el caso pérdidas de existencias por faltantes de inventario.
2/Se considerarán hasta cinco meses para informar la pérdida o inutilización de su documentación contable o tributaria, sin aplicación de multas.
3/Los contribuyentes que hayan sufrido daños en bienes inmuebles, podrán solicitar la rebaja de su avalúo en caso de destrucción o daño grave de las edificaciones existentes en su propiedad, o bien de la disminución de su valor.
4/Se priorizarán las solicitudes de devoluciones de IVA formuladas por contribuyentes con cambio de sujeto, lo que permitirá contar con flujo de caja en un plazo máximo de 5 días, para que sea autorizada la devolución.
6/Se eliminarán los recargos por presentación fuera de plazo de solicitudes y trámites masivos, como inicio de actividades, actualización o modificación de información y términos de giro, entre otros.
7/Se postergará el plazo para la entrada en vigencia de la obligatoriedad de la emisión de facturas de exportación electrónicas para el 17 de enero de 2020, permitiéndoles seguir operando con sus actuales sistemas hasta esa fecha.
8/Se autorizará la emisión de facturas electrónicas a contribuyentes de bajo riesgo de incumplimiento y con situaciones pendientes. Esta medida busca evitar que deban acercarse en lo inmediato a las oficinas del Servicio y permite continuar facturando, manteniendo la operación de sus negocios.
9/Se reprogramarán en forma automática todas las citaciones en oficinas del SII. Así, los contribuyentes que no hayan podido asistir en este periodo serán contactados para comunicarles la nueva fecha, sin que quede registro de la inasistencia.