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17 de Agosto de 2020

Comisión despachó proyecto que permite al Servel dictar normas sanitarias para el plebiscito

El texto le entrega al Consejo Directivo del Servel facultades extraordinarias para que pueda dictar normas de cara al plebiscito y a los procesos electorales que se desarrollen hasta diciembre del próximo año.

Por Cristián Meza
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La Comisión de Constitución de la Cámara despachó el proyecto de reforma constitucional que tiene como objetivo permitir que el Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel) dicte con 45 días de anticipación al plebiscito nacional las normas e instrucciones necesarias para su desarrollo.

La propuesta, que agrega una nueva disposición transitoria en la Carta Fundamental, señala que las normas deben ser aprobadas por los cuatro quintos de sus miembros en ejercicio, pudiendo fijar reglas especiales y diferentes a las establecidas en una serie de materias vinculadas a dar garantías de un proceso electoral seguro en el contexto de la crisis sanitaria.

En la sesión, participó el ministro de la secretaria general de la Presidencia, Cristián Monckeberg, quien señaló que la iniciativa, en segundo trámite constitucional, es fruto de un acuerdo político transversal con el fin de poder garantizar la realización del plebiscito de octubre de una manera segura.

Explicó que el texto le entrega al Consejo Directivo del Servel facultades extraordinarias para que pueda dictar normas de cara al plebiscito y a los procesos electorales que se desarrollen hasta diciembre del próximo año.

Destacó que la motivación del Gobierno es que estos actos se puedan realizar de la manera más segura, informada y participativa posible, generando tranquilidad a la ciudadanía para que puedan participar de las votaciones.

La iniciativa será informada en la Sala de la Cámara por la diputada Camila Flores (RN).

Contenido del proyecto

El proyecto detalla las materias sobre las cuales el Consejo del Servel puede dictar nuevas normas para regular, por ejemplo, el funcionamiento de las mesas receptoras de sufragios, el aforo máximo de personas en los locales de votación, el distanciamiento físico, el número de apoderados, los útiles electorales y la obligación de uso de mascarillas.

Uno de los puntos que generó debate en la Comisión fue que el protocolo de carácter general y obligatorio que se tiene que dictar se haga con acuerdo con el Ministerio de Salud (Minsal). Dicho texto debe incluir las normas y procedimientos sanitarios que deberán cumplirse por parte de electores, apoderados y funcionarios públicos involucrados, así como también por parte de los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que se encuentren a cargo del resguardo del orden público al interior y exterior de los locales de votación.

Si bien se presentó una indicación para establecer solo la necesidad de tener la opinión del Minsal y no su acuerdo en la redacción del protocolo, con el fin de no entregar atribuciones a la autoridad sanitaria que pudiera complejizar el proceso electoral, esta fue rechazada.

Otro de los temas de debate fue la situación de las personas contagiadas por Covid-19 y su derecho a ejercer el voto. El proyecto establece que el Consejo también podrá determinar el número y causales de excusa o exclusión de los vocales de las mesas receptoras de sufragios y miembros de los colegios escrutadores, así como la forma de acreditarlas, pudiendo excluir a electores con riesgo de salud, según criterios establecidos por la autoridad sanitaria.

Frente a ello, si bien se plantearon propuestas de votación a distancia o en horarios específicos, no se logró establecer ninguna norma en esta dirección, con lo que la iniciativa fue aprobada en la Comisión en los mismos términos que llegó del Senado.

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