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23 de Septiembre de 2020

Pago en una cuota y devolución voluntaria: las cinco diferencias entre el primer y segundo retiro del 10%

La iniciativa propuesta por la diputada Pamela Jiles iniciará hoy su proceso legislativo bajo la idea de ser más completa que su antecesora.

Por Hernán Claro
diferencias segundo retiro
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Hasta la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados llegará durante esta jornada un grupo de reformas constitucionales promovidas por la diputada Pamela Jiles (PH) y otros miembros de la oposición para permitir un segundo retiro de los ahorros previsionales en el sistema de las AFP. Una iniciativa que, según la misma parlamentaria, tendrá grandes diferencias con el primer 10% aprobado en julio de este año.

La reforma ingresada al Congreso a principios de mes iniciará su trámite con la exposición de los autores de las cinco mociones que la componen, para luego dar paso a la intervención de la ministra del Trabajo y Previsión Social, María José Zaldívar, quien ha cuestionado en duros términos la iniciativa.

Mientras la diputada Jiles afirmó en sus redes sociales que “es altamente probable que esté -el retiro- para antes de Navidad”, la secretaria de Estado indicó que “llevamos años buscando mejorar las pensiones en nuestro país, y retirar fondos lo único que va a tener como consecuencia en el mediano y largo plazo es disminuir el monto de las pensiones”.

Independiente de las declaraciones cruzadas, el nuevo retiro de los ahorros previsionales es apoyado por la autodenominada “bancada del 10% 2.0” que integran, además de Jiles, los diputados Gabriel Silber (DC), Loreto Carvajal (PPD), Jaime Mulet (FRVS), Luis Rocafull (PS), Marisela Santibáñez (PC), Alexis Sepúlveda (PR), Karim Bianchi (Ind.) y Feliz González (PEV).

Los detalles y diferencias del segundo retiro del 10%

1) Monto a retirar y número de cuotas

Al igual que con el primer retiro, cualquier afiliado que tenga saldo en su cuenta individual podrá acceder al retiro de sus fondos de pensiones. Respecto al monto, la reforma constitucional presentada por la diputada Pamela Jiles establece los mismos parámetros, es decir, la cantidad máxima a retirar será de 150 UF (alrededor de $4,3 millones) y el mínimo 35 UF ($1 millón) o todo si no llega a ese piso.

A diferencia del primer retiro del 10%, donde las AFP podían entregar el monto total en hasta dos cuotas con una separación de un mes entre cada una, esta vez la iniciativa estableció que el pago deberá ser en sólo una cuota. Eso sí, el plazo total que tendrán las administradoras para dar cumplimiento a la solicitud será de 30 días.

2) Devolución del monto retirado

Durante la discusión del primer retiro del 10% uno de los temas que generó más debate fue la indicación presentada por el diputado Gabriel Boric (CS), quien solicitó establecer un fondo solidario para que los afiliados con menos ingresos no sufrieran una caída tan drásticas de sus ahorros previsionales.

Sin embargo, la indicación fue rechazada por la Cámara de Diputados y por el Senado. De hecho, en la Cámara Alta sólo logró 7 votos a favor y 25 en contra.

Por ello, otra de las diferencias es que el nuevo retiro del 10% establece un sistema para que los afiliados devuelvan los dineros retirados, pero en “un plazo indefinido”, por lo que no sería obligatorio hacerlo.

No es obligatorio. El nuevo proyecto da la posibilidad de que quien quiera y pueda reponga sus retiros. Personas que reciban un dinero inesperado como una herencia pueden reponer su retiro, pero nadie está obligado”, afirmó Jiles en entrevista con el programa Hola Chile de la Red.

3) Retención por pensiones de alimentos

Tras el primero retiro del 10%, los padres y madres cuyas ex parejas eran morosos de las pensiones alimenticias de sus hijos advirtieron que muchos de los deudores no iniciaron el proceso para sacar parte de sus ahorros previonales, con lo que se les hizo imposible realizar la retención y saldar parte de la deuda total.

Por ello, esta vez el proyecto considera que las mujeres o los hijos afectados podrán iniciar el proceso de retiro de forma arbitraria para saldar parte o la deuda completa relacionada a pensiones de alimentos. En otras palabras, se podrán “embargar” los fondos ante este tipo de casos.

“Los fondos retirados se considerarán extraordinariamente intangibles para todo efecto legal, y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa, ni podrá rebajarse del monto ya decretado de la compensación económica en el juicio de divorcio, sin perjuicio de la retención, suspensión y embargabilidad por deudas originadas por obligaciones alimentarias de conformidad a lo previsto en la Ley 21.254″, se lee en el documento del proyecto.

4) Retiro sin tope ante enfermedades catastróficas

También será parte de la tramitación del proyecto de retiro del 10% otra reforma de la Constitución para permitir que los afiliados afectados por enfermedades catastróficas puedan extraer desde las AFP hasta el 100% de sus ahorros.

De acuerdo al documento ingresado en la Cámara Baja, esta idea ha funcionado en otros países del mundo, como España y Estados Unidos, donde “tienen un retiro de fondos de pensiones por catástrofe o enfermedad con la finalidad de hacer frente a situaciones críticas que enfrenten las personas”.

“Tratándose de personas afectadas por enfermedad terminal, podrán efectuar el retiro de los fondos acumulados, a que se refiere el inciso primero de esta disposición, sin limitación en el monto. Para estos efectos, se entenderá que es terminal aquella enfermedad o condición patológica grave, progresiva e irreversible, que no tiene tratamiento eficaz de acuerdo a los conocimientos médicos y con pronóstico fatal en un plazo inminente, certificado por un profesional habilitado”, dice el proyecto de ley.

5) Rentas vitalicias

Otra de las diferencias surgió por un problema que dejó el primer retiro del 10%, y que se busca corregir con el segundo, y es que ahora aquellas personas adscritas al sistema de rentas vitalicias sí podrían retirar parte de sus ahorros previsionales. En julio sólo podían iniciar el tramite los afiliados con dinero en la cuenta individual.

Para lograrlo se requiere otra reforma a la Carga Magna chilena que también será revisada durante la sesión de hoy en la Comisión de Constitución de la Cámara Baja.

Al respecto, la diputada Jiles indicó en su cuenta de Facebook que para estas personas que buscan realizar el retiro desde sus AFP, “presenté proyecto para retiro del 10% a rentas vitalicias”.

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