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24 de Octubre de 2020

Derechos consagrados: el debate de la nueva Constitución

Abogados constitucionalistas explican cuáles son los puntos débiles de la actual Carta Magna.

Por Hernán Claro
derechos Constitución
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¿Cómo debe ser la nueva Constitución? Esta pregunta se ha instalado a un día del Plebiscito y con el seguro triunfo del Apruebo Discusión que ha dejado levantado dudas respecto a qué incluye la actual Carta Magna, si hay derechos fundamentales que deben ser modificados y cuáles se deben agregar en un nuevo texto.

Las declaraciones cruzadas entre partidarios del Apruebo y del Rechazo incluso han generado mayor confusión porque por un lado personeros de Gobierno, como el subsecretario de Redes Asistenciales, Arturo Zúñiga, afirmaron que “el derecho a la salud ya está en la Constitución“.

Mientras que el ex Presidente Ricardo Lagos dijo ante los medios de comunicación que para sacar “el remanente de la Constitución de Pinochet”, se hace necesario, “garantizar el derecho a la salud, la educación, el retiro y la jubilación, la seguridad social y el respeto a los pueblos originarios”.

Los derechos que sí consagra la Constitución y cómo fortalecerlos

Más allá de las posiciones del Apruebo y del Rechazo, la Constitución vigente sí establece derechos fundamentales como la salud y educación.

Sin embargo, según explicó a EL DÍNAMO el abogado constitucionalista y decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Central, Emilio Oñate, más que establecer estos derechos lo que hace es “contener opciones para optar a un sistema público de salud y educación, o para optar por uno privado. Pero no hay un mecanismo o garantía universal del derecho a cargo del Estado”.

Por ejemplo, el capítulo Nº3 de la Constitución en su artículo 19 establece para la educación que “los padres tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos. Corresponderá al Estado otorgar especial protección al ejercicio de este derecho”.

La definición del derecho a la salud indica que “el Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación del individuo (…) cada persona tendrá el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea éste estatal o privado”.

En esta línea el académico y miembro de la mesa técnica que fijó cómo sería el proceso constituyente, en base al acuerdo del 15 de noviembre, afirmó que la mejor alternativa para dar mayor eficiencia a los derechos de la salud y educación es establecer en la nueva Carta Magna expresamente qué tipo de modelo del Estado se requiere.

“Nuestra Constitución no define un modelo de Estado de forma expresa. Sí, en el interlineado, hay una noción de un Estado donde se da prevalencia a la actividad privada, donde el rol del Estado es secundario frente a los privados. Pero para incidir en la forma en que se conciben los derechos sociales es clave definir un modelo de Estado en una nueva Constitución, sería ideal establecer un estado social y democrático de derechos”, explicó.

Oñate también afirmó que se deben agregar a los derechos a la salud y educación “mecanismos de garantía, de acciones jurisdiccionales que garanticen estos derechos fundamentales”, es decir, dotar a los ya consagrados de mayores atribuciones para hacerlos más efectivos en la práctica.

“Por ejemplo, se requiere fortalecer la acción por indemnización por error judicial. Quiero decir que además de establecer nuevos derechos y de reformular los que hoy están, es importante avanzar en mecanismos de garantía de esos derechos fundamentales”, precisó.

Derechos fundamentales a considerar tras el 25 de octubre

Pese a que ya se consagra en nuestra Constitución el Derecho a la salud y educación, el mismo Emilio Oñate fue categórico y afirmó que de todas maneras “el actual catálogo de estos derechos se debe fortalecer, ampliando la gama de los mismos”.

“El derecho a la vivienda debiera tener algún tipo de expresión en la carta política. Es importante consagrar el derecho a la sindicalización y hacer alguna referencia a los derechos de niños y adolescentes. Son derechos que debiesen ser consagrados”, ejemplificó Oñate.

Una visión que comparte el académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica, Patricio Zapata. El abogado constitucionalista indicó a EL DÍNAMO que la falta de derechos consagrados por nuestra Constitución es un problema que data de la década del 80 cuando se creó de la mano de Jaime Guzmán. Incluso, ya alertó de esta falencia durante la dictadura el Grupo de Estudios Constitucionales que integraron 24 destacados juristas nacionales de oposición.

Para Zapata, pensando en la creación de una nueva Carta Magna, se hace necesario dejar consagrados los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

El especialista recordó que desde 1989 se estipuló en la Constitución que nuestro país respetaría los tratados internacionales a los que se adscriba, por lo que los acuerdos alcanzados por Chile en la Convención de los Derechos del Niño serían aplicables en la actualidad. Sin embargo, “siempre lo ideal va a ser incorporarlos en la Constitución”.

“Se debe incluir este derecho de todas formas porque así no queda espacio a dudas y porque se ajusta la legislación a nuestra realidad, con sus diferencias culturales y deja de funcionar de forma general para 200 países”, continuó.

Otro punto que Zapata consideró necesario incluir en la Constitución que iniciará su redacción tras el plebiscito del 25 de octubre es el “derecho a huelga que para encontrarlo actualmente se debe ir al convenio de la OIT, porque la Constitución no lo incluye”, además del “derecho al agua donde se presentó un proyecto hace 9 meses y no se aprobó por falta de quórum”.

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