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Actualizado el 25 de Noviembre de 2020

¿Dictadura o régimen militar? Una falsa disyuntiva

El gobierno de Augusto Pinochet (además de haber sido una dictadura) fue un régimen militar directo, ya que, si bien contó con un gabinete civil, la supremacía militar instaurada limitó al extremo la participación de los civiles, expresándose, por ejemplo, en la derogación de los partidos políticos (década de los 70).

Por Valentina Verbal
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El 25 de noviembre pasado la diputada Karol Cariola presentó un proyecto de ley (boletín Nº 9746-17) en el que, entre otras cosas, establece que el “Ministerio de Educación velará por la conservación de la memoria histórica en todos los niveles educacionales, y en virtud de este mandato, no podrá incluir sus planes y programas de estudio ningún material de estudio sonoro o audiovisual, texto o referencia que tenga como contenido explícito o implícito la exaltación u homenaje a la dictadura cívico-militar” (artículo 6º).

En particular, el proyecto prohíbe toda referencia a los términos “gobierno militar” y “régimen militar”, autorizando sólo el de “dictadura cívico-militar”. Señala que los dos primeros tienden a ocultar la existencia del último. Me parece que se trata de una disyuntiva falsa, amén que expresa un error inexcusable sobre el significado de estos conceptos.

Mientras que el término dictadura se refiere al sistema político como tal, asociándose a la existencia de un gobierno antidemocrático, inconstitucional y surgido por la fuerza, el de régimen militar alude a uno de los resultados posibles de las intervenciones castrenses, que es la conformación de un gobierno caracterizado por la supremacía militar sobre las elites civiles.

El término régimen militar es de uso habitual en ciencias sociales, especialmente en los estudios sobre relaciones civiles-militares. Samuel E. Finer, un autor canónico en la materia, distingue tres tipos de regímenes militares: a) indirecto, “en que nominalmente gobierna un régimen civil”, pero que es altamente presionado por los militares; b) directo, “en que el ejército asume la responsabilidad en su propio nombre, aunque es muy posible que instale un gabinete civil”; y c) dual, que descansa tanto en el ejército como en el estamento civil (Los militares en la política mundial, 1969).

Me parece que, conforme a la tipología anterior, y sin ser especialista en historia reciente, el gobierno de Augusto Pinochet (además de haber sido una dictadura) fue un régimen militar directo, ya que, si bien contó con un gabinete civil, la supremacía militar instaurada limitó al extremo la participación de los civiles, expresándose, por ejemplo, en la derogación de los partidos políticos (década de los 70). En segundo lugar, puede afirmarse que la influencia civil fue adquiriendo progresivamente mayor relevancia, avanzándose hacia la configuración de un régimen dual, en el que los civiles llegaron a tener un alto protagonismo (desde mediados de los 80). Finalmente, es posible sostener que, no obstante haberse tratado de un régimen civil, el Gobierno de Patricio Aylwin (1990-1994) representó un régimen militar indirecto, sobre todo por la presencia de Augusto Pinochet en la Comandancia en Jefe del Ejército.

De acuerdo al proyecto de ley en cuestión, los planes y programas del Ministerio de Educación deberían excluir toda mención a la tipología reseñada, además de no poder usarse como categoría de análisis. Tampoco podrían utilizarse libros clásicos sobre el gobierno de Pinochet, como La historia oculta del régimen militar de Ascanio Cavallo, Manuel Salazar y Óscar Sepúlveda (1997), y El Régimen de Pinochet de Carlos Hunneus (2000).

Asimismo, el año pasado salió a la luz el libro de Pablo Rubio, Los civiles de Pinochet. La derecha en el régimen militar chileno, 1983-1990. Como se desprende del título, estudia la participación de los civiles (pertenecientes a la derecha) durante el gobierno de Pinochet. Pues bien, este libro podría también ser víctima de la inquisitorial censura que contempla el proyecto de ley comentado.

Aunque sea duro decirlo, la diputada incurre en ignorancia supina que, conforme al Diccionario de la Real Academia Española, es aquella “que procede de negligencia en aprender o inquirir lo que puede y debe saberse”. La diputada debería saber, sobre todo considerando que cuenta con suficientes recursos para la contratación de asesores, que no existe contradicción alguna entre los términos dictadura y régimen militar, y que el segundo no constituye un eufemismo del primero, sino un término técnico que se utiliza para poner sobre el tapete una categoría distinta de análisis, asociada a las relaciones civiles-militares. En particular, a la supremacía del estamento militar sobre el civil, situación que, dicho sea de paso, suele coincidir con la existencia de dictaduras o, al menos, de democracias tuteladas.

P.D.: El libro de Finer, referido más arriba, se encuentra disponible en la biblioteca del Congreso Nacional. No estaría de más que la diputada y sus asesores hagan uso de sus dependencias o de los importantes servicios que presta.

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