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Actualizado el 25 de Noviembre de 2020

Soberbia social

Probablemente, el rango constitucional del debido proceso es un aspecto que muchos chilenos ignoran. Y es ahí donde reside la responsabilidad no sólo gubernamental de instruir a la población al respecto, sino también personal y ciudadana de informarse y acatar los marcos constitucionales.

Por Yasmin Gray
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Yasmin Gray es Abogada Universidad del Desarrollo

En las últimas semanas del año 2014, a raíz de ciertos hechos particulares se ha dado pie a la reflexión sobre la percepción que tiene la sociedad chilena acerca de la labor que debe cumplir en nuestro país el aparato jurídico.

Encontrarnos con casos como el del adolescente acusado de intentar asaltar a un peatón en el centro de Santiago que fue amarrado con plástico a un poste mientras una muchedumbre esperaba la llegada de la autoridad policial respectiva, y por otro lado, con la indignación que provocó entre los usuarios de redes sociales el veredicto absolutorio en el juicio por atropello con resultado de muerte de una persona que enfrentaba Martín Larraín Hurtado, hijo del ex senador y ex presidente de Renovación Nacional Carlos Larraín; indignación que terminó en un intento de funa llamando incluso a incendiar la casa de la familia Larraín Hurtado, nos deben hacer forzosamente reflexionar en torno a qué tipo de sociedad vamos camino a construir.

Es obvio que nunca será aceptable el despojar a otros de sus bienes por medio de la intimidación ni las actitudes evasivas ante la responsabilidad personal en un accidente de tránsito con resultados fatales. Pero eso en ningún caso debe constituir un pretexto para arrogarse la facultad de juzgar y sancionar situaciones cuyo conocimiento sólo compete a los tribunales de justicia, más aún si se trata de una prerrogativa consagrada en la Constitución Política de la República, la cual establece y asegura a todos los ciudadanos que enfrenten procesos pendientes ante tribunales un debido proceso judicial, el cual consiste en que sólo serán juzgados por tribunales establecidos por ley, cumpliendo con las instancias respectivas para que ejerciten su derecho a defensa.

Probablemente, el rango constitucional del debido proceso es un aspecto que muchos chilenos ignoran. Y es ahí donde reside la responsabilidad no sólo gubernamental de instruir a la población al respecto, sino también personal y ciudadana de informarse y acatar los marcos constitucionales. Una sociedad que desconoce y atenta contra su institucionalidad está condenada irremediablemente al fracaso y a la autodestrucción. Y ejemplos tenemos de sobra alrededor de todo el mundo: desde los ajusticiamientos populares ocurridos en poblaciones rurales de países latinoamericanos inmersos en el subdesarrollo, hasta los consejos tribales de países de Asia y Africa que toman decisiones paralelas a las de sus tribunales de justicia, y que por lo general terminan perjudicando gravemente a sus integrantes.

Para nadie es un misterio que nuestro país goza de buena reputación social e institucional a nivel mundial. Por ello, depende de cada uno de sus habitantes que esta fama no sólo se mantenga, sino que también se consolide, lo cual pasa irremediablemente por el adecuado conocimiento y  respeto de la institucionalidad, desechando así la peligrosa soberbia en la cual solemos caer muchas veces por ignorancia, y que nos hace pasar por alto las complejas, pero firmes implicancias de poseer una carta magna que encabeza nuestra organización social.

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