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Actualizado el 25 de Noviembre de 2020

Licitaciones: Estrenando nuevo estándar de transparencia

Gracias a la ley 18.696, el transporte público, y solo él, está hoy sometido a un estándar de transparencia más moderno que todo el resto de las actividades gestionadas por el Estado. Parece evidente que las instituciones, el Consejo para la Transparencia y el Congreso en particular, tienen trabajo pendiente para igualar las condiciones.

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Rodrigo Quijada es Miembro de Ciudad Viva - Ingeniero de Transporte

El Ministerio de Transporte acaba de publicar los llamados “contenidos esenciales” de las bases de licitación de Transantiago; extenso documento que resume y justifica lo que se pretende licitar (descárguelo en www.tuparada.cl). Ciudadanía, empresas y demás interesados tenemos 45 días para hacer llegar comentarios para que el ministerio los considere y corrija sus bases si es menester.

Independiente de los debates específicos del siempre polémico Transantiago, es muy importante notar lo inédito del asunto: Nunca se habían publicado “contenidos esenciales” de una licitación del Estado.

Hoy ocurrió con Transantiago porque el Ministerio de Transporte está obligado a hacerlo por una reciente modificación legal (a la ley 18.696), que sin embargo solo es aplicable a servicios de transporte público. Por ende, la gran mayoría de las licitaciones del Estado seguirán realizándose sin este nivel de transparencia. ¿Por qué este trato diferente para el transporte público?

Y es aún más interesante: la misma novedosa ley obliga además al ministerio a liberar junto con los “contenidos esenciales”, todos los antecedentes que usó para confeccionar las bases. Imagínese: todos los informes, bases de datos, planos… Eso en todo caso el ministerio no lo cumplió para Transantiago; ya está puesta la denuncia a Contraloría al respecto que sin duda corregirá el asunto, pero independiente del hecho, notemos cuán diferente es esto de las demás licitaciones del Estado: nada obliga a los demás organismos a tal liberación de antecedentes cuando preparan una licitación. Y aún peor, ellos de hecho están “autorizados” por el Consejo Para la Transparencia a ocultar dichos antecedentes!

En efecto, ha habido varios casos de denegación de información solicitada por Ley de Transparencia (el tranvía en Las Condes, la autopista Vespucio Oriente en el MOP, por ejemplo) que han llegado a disputa ante el Consejo y éste ha fallado a favor del ocultamiento (véase los casos rotulados C2760-15 y C1790-16 para aquellos ejemplos). El criterio del Consejo ha sido que los antecedentes que sirvan de antecedente para la preparación de bases de licitación pueden ocultarse hasta que ocurra la licitación.

Es claro entonces que estamos ante contradicciones. Gracias a la ley 18.696, el transporte público, y solo él, está hoy sometido a un estándar de transparencia más moderno que todo el resto de las actividades gestionadas por el Estado. Parece evidente que las instituciones, el Consejo para la Transparencia y el Congreso en particular, tienen trabajo pendiente para igualar las condiciones. Esperemos que ocurra y pronto, y emparejemos para arriba, imitando el alto estándar que se le está exigiendo ahora al transporte público.

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