Una inversión de US$ 300 millones violando la ley
"No quisiéramos pensar que, por inacción de la Administración del Estado, estemos ante un nuevo hecho de obtención de ganancia económica privada sin sustento legal".
Patricio Herman es Presidente Fundación Defendamos la Ciudad
En dictamen 12910 del 07/09/17 la Contraloría General de la República le dice a Carlos Cuadrado, alcalde de Huechuraba, después de escuchar los descargos del municipio, que su Dirección de Obras Municipales (DOM) no se ajustó a derecho al emitir el permiso de edificación Nº 42, del 26/09/11 y su modificación Nº 9 del 19/06/14, ello acogiendo la denuncia de un particular molesto por las prácticas indebidas en esa oficina municipal.
Teniéndose en cuenta que los consorcios periodísticos más importantes del país disponen de los recursos técnicos y humanos para acceder diariamente a los dictámenes de la Contraloría y a los fallos judiciales, nos ha llamado profundamente la atención que este significante caso, por su elevado monto, después de que hubieran transcurrido más de 2 meses de la fecha del dictamen, ninguno de sus medios haya dado cuenta de su contenido. Está claro que no se quiso divulgar la noticia.
Pues bien, dichos actos administrativos se cursaron a favor de la empresa Inversiones y Desarrollo Huechuraba Ltda. de Guillermo Harding, dueño también de la cadena de farmacias Cruz Verde, para que construyera 10 edificios en altura de oficinas y comercio con 1.575 estacionamientos en la avenida El Salto 4963 y y 5051, acogiéndose a la manoseada figura del Conjunto Armónico, contando con un Estudio de Impacto Sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU), sin reflejarse en los permisos que las obras se podían iniciar solo si el proyecto tenía una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable.
La inversión en este lucrativo negocio era del orden de los US$ 300 millones y actuaba como arquitecto revisor independiente, Esteban Siques, ex alta autoridad técnica del ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), profesional que tenía la obligación legal y ética de exigir al inversionista el apego irrestricto a la ley. De hecho, según consta en el Certificado de Recepción N° 178 del 27/12/13 y en N° 04 del 08/01/14 la DOM no exigió a la inmobiliaria que acompañara la RCA aprobada, tal como lo exige perentoriamente la Ley Nº 19.300 de Medio Ambiente y las instrucciones impartidas por la División de Desarrollo Urbano (DDU) del Minvu en su Circular 156 del 21/11/05.
La construcción total era de 146.600 m2, por lo tanto se trataba de un equipamiento mayor que debía enfrentar solo vías expresas y/o troncales y los lotes 9D y 9E, indicados en el permiso de 2011, producto de una fusión y subdivisión simultánea aprobada alegre e irregularmente por el DOM, no existían. La Contraloría cuestionó que se hubiera considerado en el permiso una altura mayor, en base a una disposición específica del Plan Regulador Comunal (PRC) de Huechuraba, a la permitida, ya que ese incremento carece de sustento normativo, dejándose en claro que el aumento del 30% en el coeficiente de constructibilidad aplicado era improcedente.
En otro orden de materias, la Contraloría expresó que al plasmarse la subdivisión predial trucha se originaron 10 nuevos lotes, de los cuales 5 quedaron sin acceso directo a un espacio de uso público y para subsanar dicha incómoda situación, el titular del proyecto con el apoyo solidario de la DOM, estableció servidumbres de paso, cuyas “características”, según el ayudista municipal, serían similares a las de una vía local.
Pero la Contraloría le dijo al alcalde que lo anterior era impropio, debido a que solo excepcionalmente en los casos de predios interiores resultantes de una división de suelo se puede aceptar que accedan a la vía de uso público a través de servidumbres de tránsito, solo si éstas cumplen con las condiciones de accesibilidad para el tipo de uso que se construya en el predio servido, lo que no se verifica en dicha operación, y en ningún caso para acceder a equipamientos, calificación que le cabe a los edificios en cuestión. Y para colmo, el ente fiscalizador no aceptó la rogativa municipal para que se le liberara a una parte del proyecto a enfrentar vía troncales y/o expresas, habida cuenta que esa fracción enfrentaba solo una vía colectora.
En este deplorable episodio los primeros responsables son el arquitecto revisor independiente, los abogados de Harding y los arquitectos funcionarios de la DOM, toda vez de los arquitectos proyectistas carecen de los conocimientos técnicos necesarios y por ello existen sus colegas revisores.
A pesar de las contundentes ilegalidades constatadas por la Contraloría, este organismo público fue muy bondadoso con la empresa que ejecuta el negocio y con el propio municipio, ya que se conformó con indicarle al alcalde Cuadrado que en lo sucesivo la DOM debería ajustar sus actuaciones a la preceptiva de Vivienda y Urbanismo para que no se repitan las malas prácticas contenidas en su dictamen, con lo cual se toleró que un actor privado lucre más de lo permitido al violar las normas urbanísticas de la Ley y Ordenanza sectorial.
Con ese equivocado predicamento la Contraloría, posiblemente sin percatarse, está dando pábulo para que continúe campante la corrupción que estamos denunciando desde hace varios años y por ello, tal como lo conversamos recientemente con el alcalde Cuadrado, estamos seguros que éste, como funcionario público probo y transparente, dado que 7 de los 10 edificios no han iniciado sus faenas, le exigirá al inversionista que sean adaptados a las normas urbanísticas vigentes.
Finalmente, no quisiéramos pensar que, por inacción de la Administración del Estado, estemos ante un nuevo hecho de obtención de ganancia económica privada sin sustento legal y en tal sentido, si queremos hacer realidad la cacareada Responsabilidad Social Empresarial, que dicen promover este tipo de poderosas empresas, el propio Harding debería tomar la iniciativa para reunirse a la brevedad con el alcalde Cuadrado y su DOM, de tal forma que concluya su negocio respetando a medias lo dicho por la Contraloría, luego sin tantas ilegalidades.
En sentido contrario, ya que la Contraloría, sin ejercer su rol, no quiso llevar el caso ante el Ministerio Público ni menos sancionar a los funcionarios municipales que cometieron “errores” premeditadamente para favorecer al privado y si el alcalde Cuadrado no tiene las atribuciones para ordenar que los 7 edificios que se construirán se ciñan al marco regulatorio, quiere decir que los Paradise Papers son hechos insignificantes comparados con el acontecimiento relatado.