Caso Luchsinger Mackay: racismo jurídico en La Araucanía
"El Ministerio del Interior tiene la facultad de querellarse por Ley Antiterrorista cuando así lo estime, habiéndose utilizado éste instrumento históricamente con un énfasis comunicacional por parte de distintos gobiernos, lo que ha dañado gravemente nuestro Estado de Derecho".
El 11 de junio del 2018 se publicó la sentencia del tercer juicio por la muerte del matrimonio Luchsinger-Mackay, crimen que estremeció al país completo y que debemos rechazar con toda nuestra fuerza. El veredicto se hizo público el día 05 de mayo pasado, y a diferencia del proceso anterior que fue anulado por la Corte de Apelaciones de Temuco, en que hubo una absolución total de los imputados, en este se absolvió a ocho comuneros incluyendo a la Machi Francisca Linconao, y se condenó a José Peralino Huinca, José Tralcal Coche y Luis Tralcal Quidel.
Paralelamente en el Senado, se discuten los cambios a la Ley Antiterrorista dada la iniciativa del presidente Piñera promovida a pocos días de asumir su segundo mandato, la cual busca introducir nuevos métodos en la investigación penal, tales como la utilización de agentes encubiertos, lo cual ha sido objeto de fuertes críticas por diversas organizaciones de la sociedad civil, dado a que esto podría implicar nuevas aristas de vulneraciones al debido proceso, lo que sin lugar a dudas afectaría al derecho a la defensa de los imputados.
La aplicación de la ley actualmente vigente, que tiene su origen en la Dictadura, ha generado polémica e incluso condena por parte de organizaciones internacionales de Derechos Humanos, Naciones Unidas, la Corte Interamericana de Derechos Humanos y Amnistía Internacional, por no cumplir estándares democráticos mínimos, entre ellos el debido proceso. Las críticas que ha recibido se basan en la falta de respeto a uno de los derechos más básicos que es la garantía de un juicio racional y justo, pues la Ley Antiterrorista debilita en exceso las posibilidades de defensa de los imputados.
Por ejemplo, se permite extender el plazo de detención por hasta 10 días, existiendo el peligro de ser sometidos a torturas, así como la existencia de testigos o peritos sin rostro que la defensa no puede interrogar personalmente e implica que sea seguro que al imputado se le aplicará prisión preventiva durante todo el juicio.
De especial preocupación es el riesgo de uso político de la actividad de los tribunales, debido a que el Ministerio del Interior tiene la facultad de querellarse por Ley Antiterrorista cuando así lo estime, habiéndose utilizado éste instrumento históricamente con un énfasis comunicacional por parte de distintos gobiernos, lo que ha dañado gravemente nuestro Estado de Derecho, el que debería estar al servicio de las personas y sus derechos. Han sido miembros de las comunidades mapuche los que han dicho que esta ley ha servido para perseguir a sus dirigentes y desarticular políticamente sus legítimas demandas, lo que creemos debe acabar.
El último juicio en la causa Luchsinger-Mackay ha sido cubierto por un manto de dudas, producto de sucesos ocurridos durante el juicio. Algunas de las más graves son por un lado la denuncia de uno de los imputados de haber sido sometido a tortura para obtener su testimonio, y por otro la denuncia de una de las juezas del Tribunal Oral en lo Penal, que acusa haber sido sometida a presiones laborales, lo que hizo que no pudiera participar de la formación del veredicto. Creemos que juicios de estas características deben ser llevados con la máxima diligencia posible sin dejar espacio a dudas sobre el funcionamiento de la justicia.
En primer lugar, denunciamos el uso racista de la Ley Antiterrorista, en circunstancias que la comunidad internacional reconoce que en Chile no hay terrorismo, y la aplicación de esa ley ha sido dirigida en la inmensa mayoría de los casos a personas que pertenecen al pueblo mapuche, en especial dirigentes y líderes espirituales. En segundo lugar, es necesario un cambio radical en la Ley Antiterrorista para acercarnos a los estándares de países civilizados con éste tipo de instrumentos.
Al mismo tiempo debemos abordar los problemas de fondo en la relación del Estado de Chile con los pueblos originarios, es por eso que lamentamos las señales que ha dado el Gobierno con indicaciones que endurecen la legislación y con una aproximación economicista y colonialista, que piensa que la solución involucra atraer la inversión privada a la zona, sin considerar el empoderamiento de las propias comunidades para que forjen su camino a una buena vida, siguiendo sus patrones culturales y dando respuesta a sus demandas históricas, asegurando el pleno respeto al derecho a la libre determinación de los pueblos que es reconocido por diversos pactos internacionales, ratificados por Chile y que se encuentran vigentes.