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Actualizado el 24 de Noviembre de 2020

El parlamento y el agua

"Nuevamente, nuestros parlamentarios demuestran estar más interesados en la caza de votos en lugar de legislar seriamente".

Por Agustín Silva Almarza
agua
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Agustín Silva Almarza es Abogado y Magíster en Derecho Ambiental. Agua Circular Ltda.

En Chile existen medio centenar de proyectos de ley en trámite relacionados con el agua, prácticamente ninguno vislumbra consenso por el elevado componente ideológico que se ha apoderado del debate. Desde el mundo académico y profesional especializado en la materia miran este espectáculo con tristeza, denominándolo la “Ley del Péndulo”, donde las propuestas van de un extremo político al otro, sin mayor consenso técnico ni práctico.

En particular, desde el miércoles 8 de enero que las redes sociales ebullen con la noticia de que el Senado rechazó la idea de consagrar constitucionalmente el agua como bien nacional de uso público, lo que representa un ejemplo claro del carácter pendular de la discusión. Al respecto algunos comentarios:

  1. El rechazo fue por no conseguir los 29 votos que se requerían para reunir los 2/3 del Senado, y no porque para nuestra Constitución actual “12 sea más que 24”, como agudamente ha señalado el presidente del Senado.
  2. Nuestros legisladores debieran saber que el agua ha sido y sigue siendo un bien nacional de uso público. Así estaba consagrado en las Leyes Indias, luego en el artículo 595 del Código Civil (del año 1856) y posteriormente en las distintas leyes que han regulado el derecho de aguas, hasta el Código actual de 1981 (artículo 5), resultando ociosa la declaración constitucional pretendida.
  3. Respecto de este bien nacional de uso público, el Estado ―y antes de él la Corona― siempre han reconocido “mercedes”, concesiones u hoy “derechos” de aprovechamiento a los particulares. Esta ha sido en todo el orbe la forma racional, medible y gestionable de disponer de algo valioso y finito, evitando la denominada “tragedia de los comunes”.
  4. Repetir en la Constitución que el agua es un bien nacional de uso público no entrega herramientas adicionales para enfrentar la crisis hídrica, tampoco devolver las aguas al Estado para que vuelva a asignarlas, confiando en que esta vez lo hará de forma “perfecta”.

Nuevamente, nuestros parlamentarios demuestran estar más interesados en la caza de votos en lugar de legislar seriamente. El camino serio demanda que los políticos escuchen a los expertos que trabajan en el rubro del agua, alcanzando consensos y soluciones responsables con efectos prácticos más que simbólicos, entendiendo la sequía como un estado permanente y no temporal.

Mientras se ajustan los cambios de fondo, es posible aplicar normas que ya existen y que nunca se han invocado, como la expropiación (artículo 27 del Código de Aguas) y la reducción de ejercicio de derechos productivos (artículo 62 del Código de Aguas). También se debiera comenzar ya a cobrar contribuciones por la tenencia de derechos en usos productivos, que permita financiar una gestión más solidaria del recurso.

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