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Actualizado el 24 de Noviembre de 2020

Sugerencias económicas varias

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Christian Aste es Abogado VLA. Villarroel, Lecaros & Aste

Dado que tras la Pandemia del COVID 19, Chile deberá asumir que su población será más pobre, me permito en aras a colaborar desde la vereda de los que quieren un país de emprendedores, formular las siguientes sugerencias, que ojalá se escuchen y puedan materializarse.

1.- Modificar el concepto Pyme: Hoy sólo califican como tal, las empresas cuyo promedio anual de ingresos brutos percibidos o devengados del giro, no exceda de 75.000 unidades de fomento.

El problema es que la disposición actual establece que para calcular ese promedio, deben sumarse: En su totalidad los ingresos brutos del giro percibidos o devengados por el controlador y por las entidades que lo reconocen como tal, y en la proporción del capital, las entidades cuyos dueños posean, directamente o a través de otras personas o entidades, más del 10% de sus acciones, derechos, utilidades o ingresos.

Es decir, actualmente si una empresa grande quiere aportar capital a una empresa Pyme, quedándose con más del 10% de su participación, deberá agregarle a las ventas de la Pyme el 10% de los ingresos que ella obtenga, lo que implica que la Pyme deja de serlo.

Lo razonable es que esta contaminación no se produzca, y que las Pymes lo sean, sí ellas venden menos de 75.000 UF. En caso que los mismos dueños constituyan varias sociedades del mismo giro, para favorecerlas todas con la cláusula Pyme, que es lo que se argumenta para no hacer este cambio, lo que habrá en ese caso, será una tipifica figura elusiva, que hoy se encuentra debidamente sancionada.

En concreto, no hay en mi opinión inconveniente en flexibilizar este punto, para permitirle a las empresas grandes, colaborar y activamente en los emprendimientos que las Pymes realicen, sin que esa ayuda termine perjudicándolas.

Sugeriría también incluir dentro del beneficio Pyme a las sociedades que sean dueñas de Pymes (que hoy no son Pyme, porque sus ingresos provienen de derechos o acciones sociales) cuando los dividendos y/o utilidades que reciben de las sociedades operativas que si son Pyme, los inviertan en el mercado financiero o de capitales chileno.

El país requerirá de ahorro que permita créditos baratos y flexibles. La forma de hacerlo es otorgando franquicias tributarias a quienes lo hagan. Que mejor que permitirle a las sociedades de inversión ser Pymes si un porcentaje significativo de sus ahorros (40% o más) los destinan a esos mercados.

2.- Restituir los remanentes de Crédito Fiscal (CF) a todos los contribuyentes de IVA, que no estén querellados o formalizados por delitos tributarios.

El proyecto promovido por el gobierno, contenido en el Boletín 13615-05, sólo permite la devolución del remanente de crédito fiscal por IVA soportado en compras y servicios adquiridos o utilizados entre enero y mayo del presente año, y bajo condición que en ese período sus ingresos hayan mermado en un 30% si se compara con el mismo período del año 2019.

Me parece que esta propuesta debiera mejorarse y radicalmente. Aunque es una muy buena propuesta, me parece mezquina y que no se condice con la realidad actual.

Desde octubre del año pasado las empresas vieron mermados sus ingresos producto del desorden que se impuso impunemente en Chile. Lo razonable es que si se quiere ayudar a que las Pymes se recuperen es que se permita a quienes consideran retomar su negocio cuando concluya la Pandemia, es que el IVA Crédito que registran como remanente – independientemente de su fecha – les sea restituido para que hagan caja, y cuando vuelva la normalidad vayan restituyéndolo. Lo harán en un 100% porque ya no tendrán crédito. El Fisco habrá extinguido su deuda, y el contribuyente tendrá caja que le permita retomar su negocio.

Podría establecerse que esta restitución se haga cuando la Pandemia concluya, para que el contribuyente que retome su actividad tenga los flujos que le permitan operar en el futuro.

3.- Establecer incentivos para que se aumente la empleabilidad y el crecimiento en los negocios.

Podría por ejemplo permitirse el retiro sin pago de impuesto, cuando el destino del retiro sea la inversión de un activo nuevo, o reponerse el beneficio del DFL 2, por un tiempo definido.

Otra opción es establecer una exención tributaria para todos los ingresos devengados o percibidos con motivo de bonos que las empresas emitan para captar capital, con el objeto de recuperarse tras la Pandemia, o establecer una deducción contra el impuesto terminal por 5 años, y por un 20% cada año del valor invertido en acciones de pago o derechos sociales, cuando esos pagos se hagan para suscribir y pagar aumentos de capital que se han aprobado con el objeto específico de recuperarse de la Pandemia.

4.- Diferir la aplicación de la boleta electrónica y licitar su implementación, para que sea pagada por el Estado – gran beneficiado con su aplicación -.

Debiera replicarse lo que hizo a propósito de la trazabilidad de los bienes sujetos a impuestos específicos – tabaco -, en el que se estableció que todo el costo asociado sería crédito contra el Impuesto de la empresa.

Sugeriría que se creara un fondo CORFO para que con cargo a éste se pague la implementación de la Boleta Electrónica, o que se establezca que lo que pague el contribuyente por ese concepto, constituya un crédito contra el Impuesto de la empresa o contra el impuesto personal si se acogió al sistema de transparencia tributaria.

5.- Debiera modificarse la Ley de pronto pago, estableciendo: 1) Que los intereses y la comisión por recupero no afectan la proporcionalidad del IVA; y 2) Que ambos son derechos que pueden renunciarse sin expresión de causa.

Si no se modifica en los términos propuestos, lo que habrán serán Pymes que tendrán menos CF por IVA y empresas que por estar sujetas al régimen general no podrán condonarle los intereses a sus clientes Pymes, porque si lo hacen deberán agregar a su resultado el gasto, ya que por ley, la deducción hoy puede hacerse siempre que transcurran 365 días de morosidad.

6.- Ampliar los plazos para presentar y pagar las declaraciones de IVA, PPM, considerando que la Pandemia no terminará en julio. Lo más razonable es ampliar los diferimientos tributarios para enero del próximo año, y con obligación de pagarlos bajo convenio que reconozcan sólo valores reajustados.

7.- Cursarse las devoluciones de PPM que estén retenidas por observaciones que no correspondan a objeciones sustantivas, como puede ser utilización de documentación falsa.

8.- Ampliar el crédito por activo fijo a un 8% por el año 2020, 2021, y 2022.

9.- Modificar el artículo 32 transitorio de la Ley 21.210 que ordena ajustar diferencias por capital propio solo por este año y el 2021, estableciendo un impuesto único de un 20%.

Sugeriría que esta corrección pueda hacerse hasta el Año Tributario 2023, y que sea un impuesto de un 10%, pagado en 5 años, con una cuota de un 2% por cada año.

Permitirá que todas las empresas que presentan diferencias – la mayoría – las ajusten y depuren y que el Estado recaude por este concepto.

10.- Modificar los plazos para acogerse al (Impuestos Sustitutivo del FUT) ya que tampoco será una medida efectiva por escasez de recursos económicos.

Debiera aplazarse hasta el año 2023, y permitir usar las tasas más altas del Global Complementario de los dueños en los últimos tres años.

11.- Permitir la posibilidad de replicar el 24 transitorio de la Ley 20780, “repatriar bienes no declarados” bajo condición de pagarlos con tasa del 10% y de que se traigan devuelta al país lo invertido, manteniéndolo por un tiempo no menor a 3 años.

12.- Sugeriría un bono que sea por devolución de IVA y que se haga a los consumidores o beneficiarios de servicios que integren el quintil más pobre.

Esta medida además de mitigar lo regresivo que es el IVA, ayudará a controlar la evasión, porque la única forma de activar este beneficio sería acreditando que el IVA fue soportado. Ayudaría al comercio establecido porque la gente (consumidores) optaría por ese mercado.

13.- Debiera replicarse lo que han hecho otro países, en orden a eximir ciertas industrias especialmente afectadas (hoteles, restaurantes y turismo) del pago de patentes comerciales y contribuciones de bienes raíces.

14.- Sugeriría flexibilizar los convenios con Tesorería, estableciendo condonación del 90% de los intereses y multas, con pago no del 30% sino del 10% de lo adeudado. El diferencial en 5 años.

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