No digan que no fueron oportunamente advertidos
Para este gobierno y para el Congreso que lo avaló, está bien que el emprendedor pague más de tres veces lo que paga un trabajador que no tiene ningún riesgo.
Christian Aste es Abogado VLA. Villarroel, Lecaros & Aste
El gobierno, finalmente, logró que la comisión mixta que se constituyó para superar la discrepancia producida entre la Cámara de Diputados y el Senado, aprobara el proyecto de ley que establece medidas tributarias destinadas a reactivar la economía y el empleo.
Lo hizo incorporando una norma que antes no estaba y que obliga a los dueños de una Pyme, que estén estructurados como una sociedad o como una empresa individual, y que por lo mismo no pueden por si misma acogerse a dicha cláusula a restituir el impuesto que haya pagado la utilidad que le distribuya la sociedad Pyme en la que participa.
Se argumentó que no se trataba de una modificación al sistema tributario de las Pymes. Lo extraño es que si es así ¿por qué el gobierno hizo la indicación?
Se agregó que la idea era introducir beneficios tributarios a las pequeñas y medianas empresas y a sus dueños, pero evitando que éstos sean mal utilizados. No se explicó de qué forma podían serlo. Menos si lo que se quería por los gremios, que integran la Cámara Nacional de Comercio y por mucha otra gente era que los dueños de una Pyme pudiesen acceder al impuesto pagado por ella, sin tener la obligación de restituirlo, independientemente de la forma jurídica que ellos hayan adoptado.
Lo subrayo porque la CNC hizo una encuesta flash entre los asociados. Su resultado, entregado a la Comisión respectiva, estableció que entre los que respondieron había un 12,4% de empresas que vendían menos de 2400 UF y que califican como micro empresas, cuyos dueños no tendrán 100% del crédito, por estar conformadas sólo por sociedades (4.8%) o por estar integrada por sociedades y personas naturales (7.6). Estableció que un 17,6% de empresas que venden menos de 2400 UF y que califican como micro empresas, cuyos dueños si no se acogen al sistema de transparencia tributaria, perderán el 100% del crédito. También que un 40,2% de empresas que venden menos de 25000 UF y que califican como pequeñas empresas, cuyos dueños no tendrán 100% del crédito, por estar conformadas sólo por sociedades (10.7%) o por estar integrada por sociedades y personas naturales (29,5). Finalmente que hay un 8,9% de empresas que venden menos de 25000 UF y que califican como pequeñas empresas, cuyos dueños si no se acogen al sistema de transparencia tributaria, perderán el 100% del crédito, y que sólo el 39,2% del resto de empresas encuestadas que vendían más 25000 no perderían el beneficio de la integración, porque estaban conformadas por personas naturales.
Es decir, según los datos de esa encuesta, la mayoría de los dueños de las Pymes no tendría el beneficio de la integración. Sin embargo, en el informe que se analizó este punto, se dice que la inmensa mayoría de las Pymes no tienen entre sus dueños a sociedades de inversión. No explica que ese no es el problema, y que basta que el dueño sea una sociedad cuyos ingresos provienen de una Pyme para que no sea Pyme, y pierda la integración, y que eso también afecta a los empresarios individuales, cuyos ingresos provienen en más de un 35% de una Pyme sin ser ellos Pymes.
Pero alguien, desconozco quien, insiste en qué este cambio no afecta a los dueños de las Pymes y que la norma como se aprobó es tremendamente favorable a ellas. Para demostrar lo contrario, aunque para algunos les resulte majadero, me permito insertar el siguiente ejercicio, en que se demuestra lo injusto de ser emprendedor en Chile. Más con un gobierno obtuso. Que se niega a ver lo evidente, y que con justa razón es cuestionado, porque a propósito del absurdo proyecto que quiere afectar a los súper rico, desplego una batería de argumentos, en circunstancia de que ese proyecto carece de toda seriedad, y que sólo tiene o persigue un objetivo político. ¡Qué diferente forma de abordar este problema que afecta a los emprendedores menos ricos!.
Pero bien, vamos con el ejercicio.
SOCIEDAD Pyme
Fábrica de muebles
Renta Líquida $70.000.000
Tasa Pyme 12.5%
Impuesto Pagado $8.750.000
Utilidad susceptible de ser retirada $61.250.000
Si uno de los dueños es una Sociedad, cuyos ingresos provienen de una Pyme no puede ser Pyme, y por lo tanto está obligada a restituir el crédito.
Participación 50%
Utilidad retirada $30.625.000
Crédito $4.375.000
El socio persona natural de esa sociedad no Pyme, dueño del 40%, y que hace retiros por el equivalente a ese 40% que es igual a $12.250.000, tendrá que declarar lo siguiente en el formulario 22.
Retiros $12.250.000
Crédito $1.750.000
Base Imponible $14.000.000
Impuesto $238.443
Crédito $1.750.000
Impuesto GC -$1.511.557
Restitución $612,500
Impuesto a pagar o devolución -$899,057
Si en vez de emprendedor tuviera la calidad de empleado, por esa renta mensual igual $1.020.833 pagaría $238.443. Sin embargo, y como se ve en este simple ejercicio el dueño Pyme paga $850.943, que es el impuesto Global Complementario más la restitución por $612.500. Es decir, para este gobierno y para el Congreso que lo avaló, está bien que el emprendedor pague más de tres veces lo que paga un trabajador que no tiene ningún riesgo. El mensaje resulta evidente.
Todo lo dicho amén de que si los emprendedores quieren buscar socios que le financien sus proyectos, ahora les será más difícil, porque esos socios normalmente están estructurados como sociedades, y bajo el esquema aprobado, no tendrán integración. Por lo que no existe ningún beneficio ser socio de una Pyme, salvo que uno lo sea como persona natural, y que la Pyme registre bajo ingresos, esto es, no le vaya muy bien, porque en ese caso, el emprendedor pagará lo mismo que el trabajador dependiente.