Conservadores en innovación, ¿aventajados en regulación?
Resulta relevante preguntarse si el marco legal chileno está preparado para los desafíos impuestos por la inevitable llegada de la inteligencia artificial y su veloz desarrollo.
Rolando Maximiliano Neira Sotomayor es Director Relaciones Internacionales Academia Industria 4.0 Abogado Universidad Adolfo Ibáñez Master © LLM in Information Communication Technology Law, University of Oslo
El desarrollo de la robótica y la inteligencia artificial no solo representan un reto para las distintas áreas de la ciencia, el conocimiento y la producción, sino que implican una variedad de desafíos éticos y jurídicos, los que abarcan desde el reemplazo de ciertos oficios y profesiones hasta temas filosóficos, como la autonomía y la agencia moral.
En este contexto, junto con plantearse cómo regular estas nuevas tecnologías, resulta relevante preguntarse si el marco legal chileno está preparado para los desafíos impuestos por la inevitable llegada de la inteligencia artificial y su veloz desarrollo. Sin embargo, satisfacer la necesidad de una actualización de nuestros marcos regulatorios no es una tarea fácil, menos cuando hablamos de tecnologías emergentes.
El Dilema de Collingridge
Ante esta problemática regulatoria, tiene plena aplicación lo que se conoce como el Dilema de Collingridge, el que trata dos elementos esenciales que se deben dilucidar ante toda transformación digital. Para abordarlos, David Collingridge señala, primero, que, en la fase previa a la implementación o desarrollo, no se tiene mucha información de la tecnología que deviene ni sobre sus efectos y características, lo que hace difícil la anticipación con una regulación eficaz y específica para esa nueva tecnología, denominándolo “el problema de la información”. En segundo lugar, plantea una variable distinta, para cuando la tecnología ya está en uso, el que denomina “el problema de poder”, el que, esencialmente, hace referencia a que una vez que la tecnología ha sido implementada y el cambio tecnológico ha ocurrido, se hace demasiado compleja una regulación que controle el uso de esta.
¿Por qué es importante entender este dilema para el caso chileno?
En general, en términos de inversión y aplicación tecnológica, podríamos clasificar a Chile como un país conservador. En otras palabras, es un país que no arriesga invirtiendo grandes sumas de dinero en innovación e integración tecnológica. Al contrario, las distintas industrias chilenas sólo implementan tecnologías en sus procesos una vez que evidencian que otro par de su misma industria lo ha utilizado y ha obtenido beneficios de ella. Y ese par, generalmente, está en el extranjero.
En consecuencia, comúnmente Chile no está en una posición de vanguardia en la innovación e implementación de nuevas tecnologías, por lo que tampoco suele ser el primer país —o industria— que tendrá que lidiar con el primer elemento del dilema, el problema de la información.
No obstante, esta desventaja en términos de desarrollo tecnológico nos puede colocar en una posición privilegiada respecto a cómo deberíamos regular las tecnologías, aprendiendo de los países e industrias más arriesgadas. En otras palabras, podríamos disminuir el alcance del primer elemento del dilema, ya que podríamos contar con información sobre sus efectos, consecuencias y la forma en que otros países las han regulado, anticipando regulatoriamente su llegada a nuestro país. Obviamente, la propuesta no necesariamente solucionará todas las problemáticas que puedan surgir, pero puede ayudarnos a no caer en los mismos errores que los antecesores.
Dicho esto, y analizando legislaciones más avanzadas o complejas que la nuestra, podríamos obtener ciertos lineamientos y/o recomendaciones para crear un nuevo marco regulatorio que tenga por objetivo ser menos reactivo.
La responsabilidad civil y sus escenarios
Una de las temáticas más recurrentes ante la irrupción de nuevas tecnologías son las responsabilidades civiles asociadas a su aplicación. A grandes rasgos, podemos adelantar algunos escenarios relacionados con ellas que podrían verse afectados, directa o indirectamente, por la implementación de robots y/o inteligencia artificial.
Así, por ejemplo, como primer gran conflicto, aparece la responsabilidad ante los consumidores. En este caso, Chile cuenta con una Ley N° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, la que, en rigor, regula la relación entre vendedores, proveedores y consumidores, imponiendo, además, algunas reglas sobre el deber de advertir sobre riesgos potenciales y multas por publicidad engañosa. A su vez, esta normativa engloba, como norma general, un sistema de responsabilidad por culpa, es decir, el sistema asigna la carga de probar la culpa al consumidor, situación contraria a la responsabilidad objetiva estipulada en otras regulaciones extranjeras.
De esta forma, y a grandes rasgos, los trámites asociados a una infracción a la ley incluyen una mediación ante el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) y, luego, si no hay acuerdo, el consumidor debe seguir un procedimiento civil ante el Juzgado de Policía Local , aplicando el señalado esquema de responsabilidad por culpa.
Todo esto implicaba una suerte de inseguridad jurídica, la que , junto a largos tiempos de juicio, impulsó que, en 2004, se realizara una reforma a la Ley de Protección al Consumidor , mejorando estos aspectos. Sin embargo, la falta de tribunales especializados y la mantención del sistema de responsabilidad por culpa constituyen un ejemplo de que la regulación chilena no está lo suficientemente preparada para los desafíos venideros. En primer lugar, porque asignar toda la carga de la prueba al consumidor dificulta hoy las posibilidades de un resultado positivo en demandas contra vendedores, esto podría incrementarse aún más, por ejemplo, en caso de accidentes que involucren un robot defectuoso, dado que la complejidad de la cadena de distribución —y de los robots en sí mismos— hace difícil determinar de manera sencilla dónde y en qué momento existió el error o de quién fue la culpa de este. En otras palabras, un sistema de responsabilidad por culpa no protegerá a las víctimas en un entorno tan complejo.
Pero ¿qué hacer frente a este escenario? Un sistema exitoso implementado en otros países o comunidades, como Estados Unidos y la Unión Europea , y que precisamente busca evitar que el consumidor tenga una “sobrecarga” probatoria en este tipo de casos, es el de la responsabilidad estricta u objetiva, que se centra en la condición del producto en sí, con el fin de juzgar si procede o no la indemnización del consumidor .
Para ello, sería un buen comienzo analizar la implementación de los tres tipos de responsabilidad por productos que se aplican en los EE. UU.: defectos de fabricación, defectos de diseño y falta de advertencia. Esta clasificación establece una responsabilidad objetiva desde la perspectiva de protección del consumidor observando las condiciones del producto por sí mismo, y también permite al fabricante, y a la sociedad en general, poder realizar avances tecnológicos, ya que estos tres tipos de defectos pueden ser previstos por el proveedor al centrarse en los posibles defectos y diseño del producto y a la información proporcionada. En este sentido, el sistema de responsabilidad estricta podría equilibrar la balanza entre los intereses del consumidor y de los empresarios, y así evitar abusos por parte del fabricante o cualquier miembro de la cadena de distribución .
Por otra parte, es sumamente importante el balance entre la responsabilidad establecida y la posibilidad de los proveedores de innovar, por lo que se debe interiorizar la afirmación de que toda modificación en el sistema de responsabilidad civil (contractual y extracontractual) debe considerar el efecto de la innovación y tecnología . Sin embargo, y lamentablemente, en Chile no existe una protección suficiente de los derechos del consumidor en el contexto mencionado, lo que podría ser agravado si se considera, además, la mayor inteligencia, complejidad, autonomía y riesgos que un robot tendrá.
Una regulación urgente
Como se puede apreciar, ya estamos atrasados en términos de desafíos regulatorios en materias de protección al consumidor, por lo que urge actualizarse lo más rápido posible, puesto que las nuevas tecnologías disruptivas no esperarán a que nos pongamos al día para ingresar a nuestro país. Por ello, la urgencia de introducir en el debate regulatorio la variable del impacto de la robótica es clave.
Un claro ejemplo es la discusión que se está dando en Europa, existiendo ya recomendaciones destinadas al Derecho Civil sobre robótica, entre las que destacan directrices respecto a la distribución de responsabilidad entre el robot, el fabricante y el propietario en base a distintas variables, tales como el conocimiento programado por el fabricante y el conocimiento adquirido por el robot. Esto último debido a que los robots y los aparatos que usen inteligencia artificial serán alimentados y funcionarán en base a la información que el mismo proveedor les proporcione, pero también, verán modificado su funcionamiento y uso en base a la información que el consumidor o dueño les proporcione.
Mientras, en Chile aún estamos analizando la manera de otorgarle al Sernac más atribuciones fiscalizadoras con el objeto de proteger al consumidor, o proponiendo novedosas y coherentes vías interpretativas de la ley para que la carga de la prueba no recaiga exclusivamente en el consumidor. Ello, sin olvidar las dificultades que con nuestra actual legislación pueden enfrentar las nuevas leyes que se propongan. Basta recordar que hace unos pocos años, nuestro Tribunal Constitucional declaró inconstitucional una serie de disposiciones contenidas en el proyecto de ley que buscaba entregar facultades normativas y sancionatorias que fortalecían al Sernac.
Puede que con una gran reforma constitucional podamos lograrlo y avancemos hacia una forma de legislar más moderna y acorde a los nuevos tiempos. Entendiendo, sin embargo, que ese sería solo el comienzo, ya que la problemática planteada en esta columna de opinión es solo uno de los muchos desafíos jurídicos que devienen como consecuencia de la implementación y el uso de la inteligencia artificial en nuestra sociedad.