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Actualizado el 22 de Diciembre de 2021

Implementación de la NEP: postergar para mejorar

Con el objeto de dar oxígeno al sistema para lograr un adecuado traspaso, el proyecto de ley que presentó el Ejecutivo pretende extender el proceso de instalación de los SLEP hasta el año 2028, pasando de poner en funcionamiento 15 servicios nuevos por año, tal como se contempla actualmente en la normativa, a un ritmo creciente de 7 a 10 SLEP desde el 2022 al 2028.

El proyecto también mantiene la potestad de administración por parte de los municipios con buen desempeño, tal como está actualmente en la ley, pero flexibilizando los requisitos para ello. AGENCIA UNO/ARCHIVO
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Pablo Arias y Borja Besa es Investigadores de Acción Educar

Recientemente el Ejecutivo presentó un proyecto de ley para mejorar los procedimientos de traspaso de los establecimientos educacionales desde la administración municipal a los Servicios Locales de Educación (SLEP). La iniciativa contempla, dentro de sus principales medidas, extender la segunda etapa de instalación de los mismos. Lo anterior luego de las dificultades evidenciadas durante el traspaso e implementación de los actuales 11 SLEP en funcionamiento, y las alertas y solicitudes levantadas desde distintos sectores, asociaciones y gremios, perfeccionando con ello las dos iniciativas legislativas presentadas tanto por diputados de oficialismo como de oposición.

Así, con el objeto de dar oxígeno al sistema para lograr un adecuado traspaso, el proyecto pretende extender el proceso de instalación de los SLEP hasta el año 2028, pasando de poner en funcionamiento 15 servicios nuevos por año, tal como se contempla actualmente en la normativa, a un ritmo creciente de 7 a 10 SLEP desde el 2022 al 2028.

Con el mismo objetivo, la iniciativa pretende extender la etapa de “funcionamiento”, etapa previa desde la creación del Servicio hasta el traspaso efectivo del servicio educacional, la cual actualmente tiene una duración mínima de 6 meses y un máximo de 12 en el mejor de los casos. Considerando la cantidad de hitos y procesos administrativos que deben llevarse a cabo, la modificación propuesta es aumentar el plazo máximo a 24 meses para esta importante etapa.

Se observa también una precisión y fortalecimiento de las atribuciones de la Dirección de Educación Pública (DEP), de manera de poder apoyar y guiar de forma más efectiva y eficiente tanto el proceso de traspaso como la dirección, organización y administración de los SLEP. Lo mismo ocurre con la Superintendencia, la cual deberá contar con programas de fiscalización para verificar el cumplimiento de las normas relativas a todo el proceso de traspaso.

A su vez, otro de los aspectos que se destaca de la propuesta es que los municipios que hayan tenido buenos resultados y/o mejorado la calidad de educación de sus alumnos puedan seguir siendo administradores de los establecimientos educacionales. Elemento que ya estaba estipulado en la ley 21.040.

Como se puede apreciar, la propuesta del gobierno busca recoger ciertas necesidades urgentes y tiene elementos que destacan de forma positiva, pues diversos informes han concluido la necesidad de mejorar el proceso de instalación de los SLEP, dado que existen irregularidades por parte de los municipios en el traspaso de los bienes y la dotación de personal necesaria para la nueva educación pública, tema que también aborda el proyecto al exigir una debida regularización previa al traspaso. Con ello, una mejor gradualidad y menor ritmo de instalación permitirían generar un mejor diagnóstico de las necesidades educativas y conocimiento del territorio por parte de los directores ejecutivos de los SLEP.

A su vez, el hecho que la DEP y Superintendencia tengan mayores atribuciones para apoyar a los SLEP es algo positivo. Sin embargo, se debe estar atento a que estas nuevas herramientas sean una ayuda y apoyo para los SLEP y no supongan una mayor burocratización y/o duplicación de funciones.

También vale la pena señalar que el proyecto mantiene la potestad de administración por parte de los municipios con buen desempeño, tal como está actualmente en la ley, pero flexibilizando los requisitos para ello. Por ejemplo, la iniciativa expone que los municipios deben tener al día el pago de las obligaciones previsionales de sus trabajadores. Que los municipios tengan un componente local y conozcan de mejor manera la realidad y necesidades de las escuelas, repercute en un beneficio directo para los estudiantes, por lo que un cambio de administración, en algunos casos, podría significar un perjuicio más que una mejora sustantiva en lo pedagógico.

Con todo, el rechazo a la idea de legislar el proyecto de ley por parte de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados, da cuenta una vez más de cómo se posterga una iniciativa con amplio consenso técnico y que viene a resolver algunos de los problemas detectados durante la desmunicipalización. Aquí no hay más agenda que actuar frente a problemas observados en la práctica. No avanzar en una iniciativa de esta naturaleza termina por vulnerar el derecho a una mejor educación de miles de niños en nuestro país.

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