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Actualizado el 28 de Julio de 2023

La progresividad es posible

Bajo este esquema el fisco recaudaría la tasa anual que corresponda según el tramo, más el 5% por los retiros, siempre que la utilidad que se retire exceda en total las 40 UTA en el año.

Por Christian Aste y Jorge Claro
Creemos sí que esta alternativa no debiera ser obligatoria, sino que voluntaria tanto para las microempresas (entidades que venden menos de 2400 UF) como para las PYMES (que venden hasta 75000 UF). AGENCIA UNO/ARCHIVO
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Christian Aste es abogado y Jorge Claro es ingeniero civil y comercial

Considerando que la voluntad del ministerio de Hacienda es avanzar a un sistema tributario que sea progresivo, porque considera con razón, que resulta más justo que cada ciudadano contribuya en proporción a la riqueza que perciba o devengue, es que nos permitimos formular la siguiente propuesta, que la sugerimos como una alternativa a lo que se planteó en el proyecto tributario que se rechazó, y que confiamos no se replique en el nuevo proyecto.

Creemos sí que esta alternativa no debiera ser obligatoria, sino que voluntaria tanto para las microempresas (entidades que venden menos de 2400 UF) como para las PYMES (que venden hasta 75000 UF).

En concreto, para todas las empresas Pymes (incluidas las microempresas) que decidan voluntariamente sujetarse a esta fórmula, como para el resto de las empresas, en las que este sistema sería obligatorio, proponemos un impuesto único, progresivo y desintegrado que se aplique a la utilidad tributaria, con deducción inmediata por depreciación instantánea, más un impuesto único con tasa del 5% por retiros, en la parte que excedan las 40 UTA. Ambos impuestos lo soportarían las empresas.

La escala sería la siguiente:

RENTAS ANUALES EN UTA DE EMPRESASValor UTA $                733,884 
 DESDE (UTA) DESDE ($)HASTA (UTA)HASTA ($)TASA
0.0001 $                      1.0020.00 $          14,677,6800%
20.01000000 $   14,685,018.8440.00 $          29,355,3605%
40.01000000 $   29,362,698.8460.00 $          44,033,04010%
60.01000 $   44,040,378.84120.00 $          88,066,08015%
120.0100000 $   88,073,418.84240.00 $        176,132,16020%
240.01 $176,139,498.84  25%

Bajo este esquema el fisco recaudaría la tasa anual que corresponda según el tramo, más el 5% por los retiros, siempre que la utilidad que se retire exceda en total las 40 UTA en el año.

Para graficar los efectos, que esto tendría, incorporamos los siguientes ejemplos, considerando los tramos y valores al 31 de diciembre del año 2022:

En síntesis, bajo este esquema el Fisco recauda más. Se genera mayor disponibilidad de flujo en el mercado de consumo. El impuesto se hace progresivo y consecuentemente más justo. Resulta también más simple el control, porque cada empresa que soporte retiros por sobre 40 UTA debe retener y pagar el 5%. El Impuesto corporativo en este esquema se ajusta en función de la utilidad tributaria. Más renta tributaria, más impuesto paga.

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