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10 de Noviembre de 2023

Más y mejor seguridad pública – Séptimo y final desmenuzando

Si se aprueba el texto que se propondrá, la vorágine política deberá necesariamente menguar, porque para iniciarse una discusión de cambio constitucional, ya no bastará el berrinche del lumpen, seguido por la pasividad cómplice del gobernante de turno, ya que se exigirá que en cada Cámara concurra el voto conforme de los tres quintos de los diputados y senadores en ejercicio.

Por Christian Aste
Se establece que el Estado debe promover la conectividad y el desarrollo armónico, equitativo y solidario entre las regiones y comunas de Chile. AGENCIA UNO/ARCHIVO
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Christian Aste

Christian Aste es abogado

Antes de explicar las razones por las que votaré a favor, y que detallaré sucintamente en la próxima columna, creo necesario completar el análisis de la propuesta constitucional que se votará en diciembre, haciendo hincapié en que las columnas que he escrito hasta ahora, se han centrado solo en los cambios que se incorporan, y no en aquello que reproduce lo que ya contiene la Constitución de 1980, que el gobierno del FA y el PC, con tanto ímpetu y vehemencia querían cambiar, y que ahora defienden fervorosamente.

Se establece que el Estado debe promover la conectividad y el desarrollo armónico, equitativo y solidario entre las regiones y comunas de Chile, resguardando que todas las personas y comunidades tengan acceso a igual nivel y calidad de servicios públicos, especialmente en infraestructura pública, sin distinción del lugar en que habiten. Para asegurar la infraestructura crítica se faculta al Presidente de la República para disponer, mediante decreto supremo fundado, que las Fuerzas Armadas se hagan cargo de su protección, cuando exista peligro grave o inminente a su respecto. Se establece que el Estado tiene el monopolio indelegable del uso de la fuerza y que, aunque la ley es la que debe fijar las conductas o circunstancias en que el uso racional de ella exime de responsabilidad penal, corresponde considerar especialmente en su ponderación, que su uso está autorizado para proteger a las personas y sus bienes, como también para impedir la comisión de un delito y asegurar el cumplimiento de un deber. Para quienes abogamos por un país más seguro, este punto resulta un avance cualitativo, que debe subrayarse y enfatizarse. También debe remarcarse y con negrilla que se crea una Fiscalía Supraterritorial, con competencia a nivel nacional, a la que le corresponderá perseguir tanto el crimen organizado como aquellos delitos de alta complejidad. Se precisa que las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública deben colaborar con las municipalidades cuando estas desarrollen, directamente o con otros órganos de la Administración del Estado, funciones de prevención, apoyo y colaboración en el ámbito de la seguridad ciudadana a nivel comunal. Otro aspecto que destacamos y que hace también una diferencia cualitativa con lo que hoy existe, es la creación del Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y Defensoría de las Víctimas, que tiene entre sus objetivos el brindar apoyo integral, de carácter psicológico y social, a quienes sean víctimas de delitos. El foco no está en el victimario sino que en la víctima, precisamente lo que la gente quiere, según todas las encuestas.

Así como la relevancia de la probidad en el texto que analizamos, queda de manifiesto al revisarse la normativa que regulará a la Contraloría General de la República, entidad que no se limitará al control de la legalidad de los actos de la Administración sino que además deberá examinar la probidad en el ejercicio de la función administrativa, también queda patente la importancia que se le asigna al medio ambiente, al establecerse que será deber del Estado promover una matriz energética que sea compatible con su protección, sustentabilidad y desarrollo, así como con la gestión de los residuos.

Si se aprueba el texto que se propondrá, la vorágine política deberá necesariamente menguar, porque para iniciarse una discusión de cambio constitucional, ya no bastará el berrinche del lumpen, seguido por la pasividad cómplice del gobernante de turno, ya que se exigirá que en cada Cámara concurra el voto conforme de los tres quintos de los diputados y senadores en ejercicio.

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