Operación renta AT2024 ¿simplificar el proceso?
Hace algunos días, el Colegio de Contadores, así como diversos gremios asociados a las Pymes han solicitado formalmente extender el plazo de la operación renta para el mes de junio, sobre la base de una serie de problemas en los procesos por parte de la administración tributaria, el Servicio de Impuestos Internos.
José Navarrete es director del Magíster en Tributación UNAB y doctor en Derecho y Administración de la Universidad de Lleida
El mes de abril es siempre caótico para los contadores, puesto que históricamente es el mes en que se debe declarar los impuestos correspondientes al año comercial anterior. Durante abril de 2024, se declaran los impuestos por las operaciones comerciales ocurridas en el año 2023. Hace algunos días, el Colegio de Contadores, así como diversos gremios asociados a las Pymes han solicitado formalmente extender el plazo de la operación renta para el mes de junio, sobre la base de una serie de problemas en los procesos por parte de la administración tributaria, el Servicio de Impuestos Internos.
Siendo contador auditor desde fines de los 90, puedo dar fe del inmenso salto tecnológico que el SII ha realizado en los últimos años. Sin temor a dudas, creo que nuestra administración tributaria es una de las más modernas (incluso la más moderna) de Latinoamérica, solo comparable a sus similares en países desarrollados. Sin embargo, también se debe tener presente que nuestro sistema tributario es bastante complejo y entramado, con distintos tipos de impuestos, franquicias, regímenes especiales, etc. También se debe considerar el hecho que en la última década se han realizado dos grandes reformas tributarias, por tanto, aún coexisten en la actualidad distintos tratamientos orientados a transacciones provenientes de años anteriores. Todo lo anterior, hace muy compleja la administración de los impuestos en nuestro país. Si bien el SII ha implementado una serie de ayudas en la confección de las declaraciones, por ejemplo, a través de las propuestas de declaración, no se debe pasar por alto que estas se construyen fundamentalmente por información que es aportada en distintas declaraciones juradas que se envían previamente.
En el afán de facilitar las declaraciones, por ejemplo, este año el SII cargo información sobre bienes raíces a muchos contribuyentes para efectos de apoyar en la declaración de ingresos asociadas arriendos, una verdadera novedad de este proceso. Sin embargo, en muchos casos, estas propuestas incluían propiedades que ya habían sido enajenadas o no correspondían al contribuyente. Esto generó mucha preocupación entre algunas personas, puesto que se encontraron frente a información errónea que debieron subsanar. Una gran virtud de nuestro sistema tributario es que la información es muy transparente, dado que muchas instituciones están obligadas por ley a informar los movimientos al SII, por ejemplo, movimientos bancarios, cotizaciones previsionales y sueldos, honorarios, compra y venta de vehículos, etc. De cierta manera, esto si facilita la declaración, sin embargo, puesto que las bases de datos no están complemente depuradas, en algunas ocasiones, el SII podría imputar operaciones en forma errónea, las que, eventualmente, se podrían transformar en una fiscalización futura.
El llamado es a simplificar el sistema tributario, así como el proceso de declaración, por ejemplo, teniendo fechas diferidas para las personas y empresas. Mi tesis es que, entre más simple el sistema impositivo, menos espacio queda para la manipulación de la información y por ende, una recaudación más justa.