Comisión del Senado votará en general moción que prohíbe publicidad de tabaco y restringe su consumo
“Esta moción parlamentaria lo que pretende es lograr que en Chile haya un 100% de lugares sin humo” de cigarrillos, explicó el presidente de la instancia, el senador PS Fulvio Rossi.
El próximo 27 de septiembre, la comisión de Salud del Senado votará en general el proyecto de ley que prohíbe toda forma de publicidad del tabaco y restringe su consumo.
En la instancia, recibirán a los representantes de la Sociedad Chilena de Enfermedades Respiratorias; de la British American Tobacco Chile, y de la Confederación Nacional de Suplementeros de Chile (Conasuch), después de lo cual votarán la idea de legislar sobre la iniciativa.
Al respecto, el presidente de la Comisión de Salud, senador Fulvio Rossi (PS), explicó que “esta moción parlamentaria lo que pretende es lograr que en Chile haya un 100% de lugares sin humo de tabaco, porque claramente está establecido en todos los estudios que el fumador pasivo tiene un incremento de al menos un 30% en su riesgo de sufrir un infarto agudo al miocardio. El fumador pasivo sufre un daño muy grande para su salud“.
En lo fundamental, el proyecto modifica la Ley 20.105 sobre Tabaco estableciendo que se prohíbe totalmente la publicidad del tabaco o de elementos de la marca relacionados con dicho producto.
Del mismo modo, prohíbe “la publicidad transfronteriza de productos hechos con tabaco o de marcas relacionadas con dichos productos, así como la publicidad en las señales internacionales de los medios de comunicación chilenos o de páginas de internet cuyos dominios correspondan a la terminación ‘punto cl’ o que pertenezcan a personas naturales o jurídicas que desarrollen actividades de cualquier índole dentro del territorio nacional”.
También propone que el fabricante y el importador de los productos hechos con tabaco publicite los efectos dañinos derivados del hábito de fumar y prohíbe el consumo de tabaco en las oficinas y lugares cerrados de trabajo, públicos y privados donde trabajen dos o más personas.
Asimismo, dispone que en los restoranes, bares, pubs, discotecas, cabarés, casinos de juego y en general en cualquier otro recinto cerrado, no se podrá fumar, a excepción de sus zonas o espacios al aire libre que se encuentren desprovistas de techo.