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12 de Octubre de 2011

Banco Central defiende actuación en caso La Polar tras informe de comisión investigadora

El ente rector afirmó que su rol en el escándalo protagonizado por el retailer se ciñó estrictamente a la ley que lo rige. Además, criticó que se le atribuyeran responsabilidades en el surgimiento de "un mercado financiero en las sombras", como afirma el documento de los legisladores.

Por Redacción
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El Banco Central emitió hoy su respuesta a la investigación que realizó la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados en relación al caso La Polar que le otorgó responsabilidades por “inacción”, ya que a juicio de los legisladores la entidad no realizó cambios para tener una legislación que detecte eventuales fraudes colectivos como el que ocasionó el retailer.

El instituto emisor afirmó en un comunicado que no comparte las conclusiones a las que llegó la entidad parlamentaria respecto a su rol normativo. “En el año 2006 y en el contexto de un crecimiento significativo de la actividad crediticia de las casas comerciales, así como del uso de sus tarjetas de crédito en comercios asociados, el Banco Central dictó en forma coordinada con la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras una normativa en la que reguló a los emisores de dichas tarjetas de crédito dado su uso generalizado como medio de pago”, señala la entidad.

El ente rector afirma que actuó estrictamente dentro del ámbito de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Orgánica Constitucional que lo rige. “La normativa se basó en su facultad de regular la emisión y operación de tarjetas de crédito siempre que el emisor de dichas tarjetas contraiga habitualmente obligaciones con comercios asociados por montos relevantes. El objetivo de esta regulación es el resguardo y protección del sistema de pagos, en especial, la capacidad de los emisores de tales tarjetas de cumplir sus obligaciones con los comercios asociados”, señaló.

El comunicado de la institución presidida por José de Gregorio plantea que la normativa dictada el 2006 no regula ni restringe el crédito que otorga el emisor de las tarjetas o su casa matriz a sus clientes, pues el Banco Central no tiene atribuciones para hacerlo. En nuestro ordenamiento jurídico el crédito otorgado por parte de las casas comerciales no tiene otra regulación que aquéllas de carácter general establecidas en la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores y en la Ley sobre Operaciones de Crédito de Dinero.

Además, manifestó su disconformidad con el juicio de la comisión que le atribuyó responsabilidades por haber permitido el surgimiento de “un verdadero mercado financiero en las sombras” . “(El Banco Central) no comparte ese juicio. De hecho, la normativa dictada por el Banco contribuyó, a cuantificar y valorizar las operaciones de pago efectuadas a través de estas entidades, lo cual con anterioridad al año 2006 no estaba disponible. Por otra parte, y aún cuando la normativa puede ser revisada, siempre dentro de las atribuciones que la ley le otorga al Banco Central, esta ha contribuido a que el sistema de pagos funcione con normalidad. Se debe destacar que pese a la gravedad del caso La Polar, los pagos con tarjetas de créditos a comercios asociados no se vieron interrumpidos”.

Además, la institución consideró inapropiada la expresión “mercado financiero en la sombra”, mencionada en el Informe, puesto que podría asociarse equivocadamente a la expresión “banca en la sombra”, referida al conjunto de intermediarios financieros que surgieron en Estados Unidos al margen de la supervisión y regulación, y que por su tamaño, complejidad e interconexiones con el resto del sistema fueron centrales en el colapso financiero de ese país en el año 2008.

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