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2 de Abril de 2012

Fiscalía y caso Sabag: Desafuero es sólo una posibilidad de llevar a alguien a juicio

La resolución del TC impide a la Fiscalía y al Consejo de Defensa del Estado apelar a la Corte Suprema de la decisión por estimar la acción como inconstitucional.

Por UPI
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Con preocupación recibió la Fiscalía Nacional el dictamen del Tribunal Constitucional que la semana pasada acogió el requerimiento de inaplicabilidad formulado por el diputado Jorge Sabag, el cual desestima el desafuero del parlamentario del PDC para ser investigado por los delitos de fraude al fisco y negociación incompatible.

“La investigación se relaciona con el presunto mal uso de los fondos destinados a arriendo de sedes distritales. En su caso, habría arrendado como sede distrital un establecimiento que es de propiedad de una sociedad, de la que él forma parte y que administra su hermano. La propiedad fue cedida en comodato por el padre del diputado (el senador Hosain Sabag Castillo)”, explicó la jefa de la Unidad de Anticorrupción y vocera de la Fiscalía Nacional, Marta Herrera.

A raíz de la investigación, la Fiscalía de Valparaíso solicitó a la Corte de Apelaciones de Concepción el desafuero del parlamentario.

Sin embargo, la petición fue rechazada y la Fiscalía decidió impugnar el dictamen. Luego de ese trámite, la Corte de Apelaciones concedió a la Fiscalía dicho recurso para que así la Corte Suprema conociera el caso y fallara en su mérito. Fue entonces cuando la defensa del diputado presentó el requerimiento de inaplicabilidad formulado por Sabag en el Tribunal Constitucional, que fue acogido por esa instancia y que impide a la Fiscalía y al Consejo de Defensa del Estado apelar a la Corte Suprema de la decisión por estimar la acción como inconstitucional.

“Sostenemos la investigación penal respecto de todos los ciudadanos por igual. En el caso de los parlamentarios enfrentamos una complicación adicional: el desafuero. Éste es un privilegio procesal que primero tenemos que ganar, para recién tener la posibilidad de discutir en un juicio si esta persona es o no culpable. No hay ningún pronunciamiento de responsabilidad previo“, sentenció Herrera.

“El pronunciamiento del TC nos dice que el único que tiene una posibilidad de apelar es otro parlamentario. Y no el órgano encargado de la persecución penal, o sea la Fiscalía, ni el querellante, que es el CDE, que representa a la víctima de estos delitos de corrupción. El diputado no puede ser llevado a juicio, por lo tanto, la ciudadanía nunca va a poder saber si es es o no culpable“, dijo la jefa de Anticorrupción.

Según Marta Herrera, en casos similares anteriores, como los de los entonces parlamentarios Nelson Ávila, Amelia Herrera y del diputado independiente, René Alinco, el Ministerio Público pudo apelar a la Suprema, siendo acogida la solicitud, lo que confirma el criterio que una resolución rechazada de desafuero, puede ser apelable.

“El argumento de Sabag es que se afectaría es la igualdad ante a la ley y la Fiscalía nos acogemos al mismo argumento para decir que justamente lo que se protege es esa igualdad”, sostuvo la profesional.

Los ministros del Tribunal Constitucional que votaron a favor del requerimiento del diputado Sabag fueron el presidente Raúl Bertelsen, Marcelo Venegas, Hernán Vodanovic, Enrique Navarro, Francisco Fernández, Carlos Carmona, José Antonio Viera-Gallo, Iván Aróstica y Gonzalo García. En contra votó la ministra Marisol Peña.

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