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23 de Mayo de 2012

En un nuevo revés para Labbé, la Suprema ordena reintegro de alumnas del Carmela Carvajal

La decisión del máximo tribunal confirma el fallo de la Corte de Apelaciones que consideró arbitraria la medida de expulsión dictada por el establecimiento de la comuna de Providencia.

Por Redacción
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Un triunfo para el movimiento estudiantil, o una derrota para Labbé. De ambas formas puede leerse la decisión de la Corte Suprema que instruye el inmediato reintegro de nueve alumnas del Liceo Carmela Carvajal, a quienes se les canceló la matrícula por su participación en las movilizaciones de 2011.

El máximo tribunal acogió, por cuatro votos contra uno, el recurso de protección presentado por las jóvenes afectadas, luego de que un fallo de la Corte de Apelaciones, en abril, consideró como arbitraria la medida del establecimiento. Esta decisión judicial, sin embargo,  fue apelada por la municipalidad de Providencia, por lo que el reintegro ordenado por el tribunal de alzada no se cumplió en ese momento, consigna Radio Cooperativa.

La sentencia emitida ayer se suma a una anterior decisión judicial, la semana pasada, donde también se dictó el reintegro de siete estudiantes del Liceo Tajamar, que también sufrieron cancelación de sus matrículas como represalia por su participación en las protestas del 2011.

Leonardo Pérez, uno de los apoderados de las alumnas del Liceo Tajamar, explicó que se reintegrarán al establecimiento sólo a partir del segundo semestre. “Ellas, por haber sido expulsadas, han debido matricularse en otros colegios por el momento. Van a terminar el primer semestre y están avisándole en este minuto a la directora que van a matricularse en el segundo semestre, como corresponde. Terminan su primer semestre y con sus notas informadas al Ministerio de Educación vienen y se matriculan“, indica.

Pérez recuerda que “hubo 30 alumnas en este colegio a las que sí les entregaron la matrícula (sin necesidad de recurrir a la Justicia), pero firmando una condicionalidad extrema sólo por el hecho de haber participado en las movilizaciones del año pasado”.

El apoderado subraya que “según el fallo de la Corte Suprema, esto no procede, no es causal el haber participado en el movimiento, así que eso también debería quedar eliminado, y vamos a hacer fuerza para que eso ocurra. Las niñas que se matriculan ahora no deberían quedar condicionales, y nosotros vamos a hacer seguimiento para que eso ocurra”, finalizó.

El fallo de la Corte

El texto redactado por los ministros Sergio Muñoz, Carlos Künsemüller, Guillermo Silva y Juan Escobar, con el voto en contra de la ministra Rosa Egnem, subraya que “se encuentra acreditado que en la imposición de las sanciones a las alumnas recurrentes no le precedió investigación disciplinaria previa en el establecimiento educacional respectivo, en la que tales alumnas pudieran ejercer un derecho de defensa efectivo, tanto en lo sustancial como técnico, en la que se estableciera su real participación en los hechos que motivaron la aplicación de la medida de cancelación de la matrícula, circunstancia que permite calificar la decisión, a lo menos, de arbitraria, tanto por la carencia de un procedimiento, como por la falta de justificación de la decisión y de recursos efectivos ante una autoridad jerárquica imparcial. Que refuerza la arbitrariedad de este proceder la circunstancia establecida que las nueve alumnas afectadas y sus apoderados únicamente tomaron conocimiento del trámite de cancelación de la matrícula al serles comunicado verbalmente la medida referida”.

El fallo asegura que “se concluye que al haberse sancionado a las alumnas recurrentes sin seguirse una investigación interna que estableciera su exacta participación en los hechos y que según los propios dichos de la recurrida involucró en cada caso a un número mayor de estudiantes del Liceo, se conculcó el derecho de igualdad ante la ley establecido en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental, pues implica discriminarlas arbitrariamente respecto del resto de los alumnos, quienes ante la atribución de una falta escolar sí gozan del ejercicio del derecho a un procedimiento que les asegura una notificación oportuna del cargo y la facultad de efectuar alegaciones y de presentar pruebas”.

Las estudiantes Danae Díaz Jeria, Jennifer Pardo Silva, Bárbara Sierra Nova, Valentina Bientinesi Díaz, Javiera Villalón Díaz, Mariel García Berríos, Pascal Siebald Meza y Tania Alvarez Campos deben ser reintegradas de inmediato al Liceo Carmela Carvajal de Prat.

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