Revés para Barrick: Justicia argentina revoca cautelares que impedían aplicar ley de Glaciares
El máximo tribunal trasandino dejó sin efecto las medidas de la Justicia federal de San Juan y que habían sido solicitadas por Barrick Gold y otras empresas mineras tras el Proyecto Pascua Lama. De este modo, la ley queda vigente, por lo que deberá hacerse un inventario de glaciares.
La Corte Suprema de Justicia de Argentina revocó este martes, las medidas cautelares que frenaban la aplicación de la llamada “Ley de Glaciares” en la provincia de San Juan y, en consecuencia, dicha norma queda vigente, por lo que deberá realizarse un inventario de glaciares en todo el país, entre otras cuestiones.
Cabe apuntar que en esta zona, el gigante minero Barrick construye un megaproyecto de oro, Pascua Lama, aunque la compañía indicó que la explotación no se encontraba en terrenos de áreas glaciares o cercanas a ellas.
La ley de Glaciares fue sancionada en septiembre de 2010 y prohíbe la actividad minera en zonas de glaciares y periglaciares a lo largo de la extensa frontera común de 5 mil kilómetros con Chile.
Las citadas medidas cautelares fueron dictadas por la Justicia federal de San Juan y fueron requeridas por las empresas Barrick Exploraciones Argentina SA y Exploraciones Mineras Argentinas SA, a fin de que se suspenda la aplicación de seis artículos de la ley 26.639 para el emprendimiento minero.
En detalle, las cautelares se referían a la definición de glaciar, a la creación del Inventario Nacional de Glaciares, a la realización de un inventario, a la prohibición de actividades que impliquen la destrucción de glaciares, a la obligación de realizar estudios de impacto ambiental, y a la disposición transitoria que establece la obligación de presentar un cronograma para la ejecución del inventario y la obligación de someter a las actividades en ejecución al momento de la sanción de la ley a una auditoría ambiental .
“La decisión en recurso suspende la aplicación de la ley con un fundamento contradictorio”, señala el el fallo de la Corte –firmado por los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Santiago Petracchi y Juan Carlos Maqueda.
Volver a creer en la Justicia
“Ello es así porque para la adopción de esta medida el a quo sostiene que la ley contiene una definición amplia, imprecisa y, por lo tanto, ‘crea un estado de intranquilidad e incertidumbre para los representantes de las empresas actoras’. Sin embargo, la medida cautelar, al suspender algunos de los artículos señalados, neutraliza los procedimientos establecidos por la propia ley para generar la precisión que requiere el peticionante”, agrega.
Alfredo Avelin, ex intendente y candidato a gobernador de San Juan, calificó el fallo como “histórico” y dijo que “permite volver a creer en la Justicia”.
“Ojalá que a partir de ahora se empieze a trabajar como sucede en otros países, en la prohibición del uso del cianuro y sustancias contaminates en la explotación de la megaminería metalífera”, agregó Avelín.