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23 de Julio de 2012

Cierre definitivo de Caso Bombas: Ministerio Público no recurrirá contra sentencia absolutoria

El abogado Mauricio Dazza, representante de uno de los imputados absueltos por la sentencia de primera instancia, "no hay ningún argumento serio jurídico para pedir la nulidad de ese juicio".

Por Redacción
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Finalmente, la Fiscalía Metropolitana Sur optó por no presentar un recurso de nulidad contra la sentencia que absolvió a los seis imputados en el Caso Bombas.

Con esta decisión, la cual se comunicará durante hoy lunes, pone un cierre definitivo a este polémico proceso y significa  mantener a firme la sentencia del Tercer Tribunal en Lo Penal, compuesto por Marcela Sandoval, Blanca Rojas, Carlos Carrillo, que dictó la absolución de los imputados Francisco Solar, Felipe Guerra, Mónica Caballero, Gustavo Fuentes Aliaga, Omar Hermosilla y Carlos Rivero, consigna Radio Cooperativa.

“Todas las pruebas son especulativas y ninguna ubica a los acusados en los lugares donde detonaron los artefactos explosivos”, señala el fallo en su texto.

Raúl Guzmán, fiscal a cargo del caso, sostuvo el viernes que “aún estamos estudiando el fallo y los pasos a seguir en cuanto a sus definiciones totales aún no están resueltas. Vamos a estar atentos a ver cuál va a ser la definición”.

Definición que, en definitiva, se concretó durante el fin de semana en la decisión de no apelar.

La abogada Ximena Risco, del Ministerio del Interior, indicó que asumirá lo que decida la Fiscalía: “El conductor exclusivo de la investigación es el Ministerio Público y una vez que conozcamos la decisión del Ministerio Público nosotros lo vamos a acompañar“.

Por su parte, el abogado de Francisco Solar, Mauricio Dazza, calificó como “buena” la decisión de la Fiscalía, puesto que “si obtuvieran la nulidad estaríamos seis meses más en un juicio eterno, el cual probablemente terminaría de la misma forma como terminó el juicio que ya se llevó a cabo y que terminó con una sentencia lapidaria e incontrovertible. No hay ningún argumento serio jurídico para pedir la nulidad de ese juicio”.

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